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Documento BOE-B-2011-27621

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 18 de agosto de 2011, páginas 84020 a 84020 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-27621

TEXTO

Edicto

Don Pedro Adán Ruiz-Erans Vivancos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 418/2010 se ha dictado a instancias de Conservas la Zarzuela, S.A. en fecha 05-07-11, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Conservas la Zarzuela, S.A. con CIF n.º A-30087928, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avda. Juan Ramón Jiménez, n.º 145, Calasparra (Murcia).

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal, para el que ha sido nombrado el Abogado D. Francisco Javier de las Heras García, con domicilio en Callejón de los Tiznaos, 1 - 1.º de Cieza (Murcia).

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Sección 1.ª Registro y Reparto en el Servicio Común General de la Ciudad de la Justicia en Ronda Sur, Murcia, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 18 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

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