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Documento BOE-B-2011-27287

Anuncio del Notario de Madrid, Salvador Miras Gómez de la venta en pública subasta de 25.000 participaciones sociales.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 12 de agosto de 2011, páginas 83474 a 83475 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2011-27287

TEXTO

Se pone en conocimiento del público en general que a instancia de la sociedad Gestamp Solar, S.L., el día 13 de septiembre de 2011, a las 11 horas, se celebrará en la notaría de don Salvador Miras Gómez, calle Sagasta, n.º 23, 28004 Madrid, la venta en pública subasta de 25.000 participaciones sociales de la sociedad Gestamp Ensol, S.L, con CIF B85323640, de las que es actual titular la sociedad IFV Ensol, S.L.

La subasta se llevará a cabo con sujeción a las prescripciones contenidas en el pliego, que se puede consultar en horario de oficina en la propia Notaría.

El tipo de subasta será de 1.676.500 euros.

Si en la primera subasta no hubieren sido enajenadas las participaciones sociales, se celebrará una segunda en la misma notaría, con iguales formalidades y tipo, en fecha 20 de septiembre de 2011, a las 11 horas; y, si tampoco diere resultado, podrá el acreedor hacerse dueño de la prenda dando carta de pago de la totalidad de su crédito.

Para participar en la subasta los licitadores deberán identificarse de forma suficiente, declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta y presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Banesto número 0030-1017-81-0002940271, a nombre del notario autorizante, don Salvador Miras Gómez o de que han prestado aval bancario a primer requerimiento por el 15 % del valor de tasación de los bienes.

Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones del pliego, al que habrá de acompañarse el resguardo del depósito necesario para tomar parte en ella.

Los sobres se conservarán cerrados por el Notario y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente. Se aprobará el remate en favor del mejor postor, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 60 % del valor de tasación. El rematante habrá de consignar el importe de dicha postura, menos el del depósito, en el plazo de diez días y en la misma cuenta en la que efectuó el depósito.

Aprobado el remate y consignada, cuando proceda, en la misma cuenta del depósito previo, la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate, se procederá a verificar el ejercicio del derecho de adquisición preferente a que hubiere lugar en Derecho. Si nadie con derecho a ello hubiere ejercitado este derecho, el requirente otorgará ante el notario escritura pública de venta a favor del adjudicatario al tiempo de completar éste el pago del precio. Si el adjudicatario fuese el propio ejecutante, la copia autorizada del acta servirá de título.

Celebrada la subasta, en el momento anterior a la adjudicación, quedará en suspenso la aprobación del remate y la adjudicación de las participaciones sociales. El Notario remitirá a la sociedad testimonio literal del acta de subasta o del acuerdo de adjudicación y, en su caso, de la adjudicación solicitada por el acreedor.

El remate o la adjudicación al acreedor serán firmes transcurrido un mes a contar de la recepción por la sociedad del testimonio a que se refiere el apartado anterior. En tanto no adquieran firmeza, los socios y, en su defecto, y sólo para el caso de que los estatutos establezcan en su favor el derecho de adquisición preferente, la sociedad, podrán subrogarse en lugar del rematante o, en su caso, del acreedor, mediante la aceptación expresa de todas las condiciones de la subasta y la consignación íntegra del importe del remate o, en su caso, de la adjudicación al acreedor y de todos los gastos causados. Si la subrogación fuera ejercitada por varios socios, las participaciones se distribuirán entre todos a prorrata de sus respectivas partes sociales.

El precio del remate se entregará al ejecutante a cuenta de la cantidad por la que se ha valorado las participaciones sociales y, si sobrepasare dicha cantidad, se retendrá por el notario el remanente a disposición del ejecutante, Gestamp Solar, S.L., hasta que se efectúe la liquidación de lo que, finalmente, se deba al ejecutante y del importe de los gastos de la ejecución.

Se entregará al ejecutado el remanente que pudiere existir una vez finalizada la realización forzosa de los bienes, satisfecho plenamente el ejecutante y pagados los gastos de ejecución.

En Madrid, 28 de julio de 2011.- El Notario, Salvador Miras Gómez.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Comunidad de Madrid
Materias:
318 Impresos y publicaciones,
Observaciones:
Suministros.

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