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Documento BOE-B-2011-27258

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 12 de agosto de 2011, páginas 83434 a 83434 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-27258

TEXTO

Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca,

Por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000340/2011 se ha dictado a instancias de Motos y Ciclos Ferra Sociedad Limitada, Yaskemoto Sociedad Limitada, Nicolás Sánchez Romera, María Julia Rubio Sánchez, en fecha 21 de julio de 2011, Auto de Declaración de Concurso Voluntario Motos y Ciclos Ferra Sociedad Limitada, con CIF B07992563, y domicilio en Plaza Cardenal Reig, número 7, bajos, de esta ciudad; Yaskemoto, Sociedad Limitada, con CIF B57468357 y domicilio en calle Archiduque Luis Salvador, número 7, bajos, de esta ciudad; don Nicolás Sánchez Romera, con DNI 43027390W y domicilio en Paseo Marítimo, número 44, 8º, 1ª, de esta ciudad; y a doña María Julia Rubio Sánchez, con DNI 43008152S y domicilio en Plaza Orson Wells, número 5, 3º A, de esta ciudad.

2º.- Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de los declarados en concurso.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 22 de julio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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