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Documento BOE-B-2011-25957

Resolución de la Generalitat de Catalunya, Departamento de Empresa y Ocupación, Servicios Territoriales en Les Terres de l'Ebre, EMO/ /2011, de 6 de junio, por la que se otorga en las empresas "Endesa Distribución Eléctrica, S.L." y "Berta Energies Renovables, S.L.", la autorización administrativa y la aprobación del proyecto ejecutivo de una instalación eléctrica en los términos municipales de Benifallet, El Pinell de Brai, Miravet, Benissanet y Móra d'Ebre (Exp. I612/035/07).

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2011, páginas 81513 a 81516 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2011-25957

TEXTO

Las empresas "Endesa Distribución Eléctrica, S.L.", con domicilio social en la Avda. Paral·lel, 51, 08004 Barcelona, y "Berta Energies Renovables, S.L.", con domicilio social en la calle Travessera de Gràcia, 56, entresuelo 1, 08006 Barcelona, han solicitado ante los Servicios Territoriales de Empresa y Empleo en Les Terres de l'Ebre la autorización administrativa y la aprobación de proyecto ejecutivo de adecuación de la línea eléctrica en 110 kV CN Ascó-SE Tortosa.

Cumpliendo los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y los artículos 124 y 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos administrativos de instalación de energía eléctrica, la solicitud mencionada ha sido sometida a un periodo de información pública mediante el anuncio publicado en el DOGC número 5137, de 23 de mayo de 2008, y en el BOE número 127, de 26 de mayo de 2008.

Durante el plazo de información pública no se han presentado alegaciones.

La Ponencia Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, en la sesión realizada el día 14 de abril de 2009, formula una declaración de impacto ambiental con carácter favorable condicionada del proyecto ejecutivo de adecuación de la línea eléctrica a 110 kV CN Ascó-SE Tortosa.

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., ha solicitado que la autorización administrativa y la aprobación del proyecto se limite en el tramo comprara entre los apoyos T30 y T88, y ha desistido de los tramos comprendidos entre los apoyos T0 y T29, y entre los apoyos T89 y 143.

De acuerdo con lo que establecen los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, se solicitaron informes a los siguientes organismos: Ministerio de Fomento; Ayuntamiento de Móra d'Ebre, Dirección General de Carreteras, Servicios Territoriales de Movilidad en las Tierras del Ebro, Red Eléctrica de España, Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, Telefónica, Ayuntamiento de Benissanet, Ayuntamiento de El Pinell de Brai, Enagás, Diputación de Tarragona, Auntamiento de Miravet, Ayuntamiento Benifallet, Confederación Hidrográfica del Ebro. Todos los informes emitidos por los organismos afectados han sido enviados al peticionario, el cual ha manifestado su aceptación.

De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de regulación del sector eléctrico, modificada por Ley 17/2007, de 4 de julio; el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de autorización, ampliación y traslado de industrias, así como los reglamentos técnicos específicos:

Visto que, la competencia para conocer este expediente y resolverlo se atribuye a la directora de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo de acuerdo con el que establecen el Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el Decreto 52/2011, de 4 de enero, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo, en relación con el artículo 7 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica;

Dadas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

Primero.- Otorgar la autorización administrativa de la instalación eléctrica de adecuación de la línea eléctrica a 110 kV, CN Ascó-SE Tortosa, del tramo comprendido entre los apoyos T30 y T88.

Segundo.- Aprobar el proyecto de ejecución con las siguientes características:

Adecuación de la línea 110 kV que conecta la central nuclear de Ascó con la subestación Tortosa, sustituyendo los actuales apoyos por otros de cimentación monobloc y el conductor existente por cable Cóndor LA-455 (instalación titularidad de Endesa Distribución Eléctrica, S.L.), y tendido de un segundo circuito a 132 kV, con conductor también LA-455, en el que se interconectarán las diferentes líneas de evacuación de los parques eólicos de la sociedad Berta de la zona (circuito titularidad de Berta Energies Renovables, S.L.).

Características de la línea eléctrica

Origen: Apoyo T30.

Final: Apoyo T88.

Longitud: 19.250 m.

Tensión nominal: 110 (preparada para 132 kV).

Potencia a transportar por circuito: 150 MVA.

Número de circuitos: 2.

Disposición de conductores y apoyos: Apoyos para dos circuitos que se instalarán disponiéndose en hexágono irregular.

Tipo de apoyos y material: Apoyos tipo B, BTL, G y GFR de acero galvanizado.

Tipo de aislador y material: Composite, goma silicona.

Número de conductores por fase: 1 (Al-Ac LA-455).

Número de cables del suelo: 1 (OPGW 48).

Zona de cálculo: A.

Términos municipales: Benifallet, El Pinell de Brai, Miravet, Benissanet y Móra d'Ebre.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que disponen la normativa antes mencionada, y el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y queda sometida a las condiciones especiales siguientes:

Primero.- Las instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el proyecto ejecutivo firmado por el ingeniero industrial David Gavín Asso, colegiado núm. 2207, visado por el Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña con el núm. 354341, en fecha 5 de febrero de 2007, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y se autoricen.

Segundo.- La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establece el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas eléctricas aéreas de alta tensión; el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias; la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales; la Ley 18/2008 de 23 de febrero, de garantía y calidad del suministro eléctrico, y el resto de disposiciones de aplicación general.

Tercero.- La empresa titular será responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

Cuarto.- El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será el que se determina en la disposición transitoria segunda del Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión.

Quinto.- Los Servicios Territoriales en Les Terres de l'Ebre podrán llevar a cabo, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones de esta resolución.

Sexto.- Con esta finalidad, el peticionario comunicará al mencionado órgano administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención que se produzcan durante la ejecución y su finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de las obras se adjuntará el certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y que de ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y en su caso, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas.

Séptimo.- La empresa asegurará el correcto mantenimiento y la vigilancia de las instalaciones durante su construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que se cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad.

Octavo.- La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que ésta impone.

En ese caso, la Administración, previa instrucción del oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Noveno.- El titular deberá cumplir las condiciones impuestas por la declaración de impacto ambiental y el informe integrado emitidos por la Ponencia Ambiental, así como las condiciones impuestas por los organismos afectados que han informado en el procedimiento.

Décimo.- Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante del director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción que hace la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tortosa, 6 de junio de 2011.- La Directora de los Servicios Territoriales en Les Terres de l'Ebre, Mercè Miralles Guerrero (11.157.029).

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