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Documento BOE-B-2011-2518

Resolución de 5 de enero de 2011, de la Delegación Provincial en Granada, de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, por la que, conjuntamente, se autoriza administrativamente, se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones, y se reconoce, en concreto, la utilidad pública del proyecto denominado "Anexo al Proyecto de Gasoducto de Transporte Secundario para suministro al término municipal de Escúzar (Granada) y sus Reformados" Exp. n.º TGC 02/10, y de sus instalaciones auxiliares, recogidas en los proyectos denominados "Línea Aérea de Media tensión (LAMT) 20 kV C.T. 50 KVA en el término municipal de Alhendín", en la provincia de Granada. (Exp. n.º 11.758/AT) y "Línea Aérea de Media tensión (LAMT) 20KV C.T. 50 KVA en el término municipal de Escúzar", en la provincia de Granada. (Exp. n.º 11.759/AT).

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 25 de enero de 2011, páginas 7359 a 7370 (12 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2011-2518

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero. Con fecha 06/06/2006, D. Pedro Santos Nieto, con D.N.I. 28.905.175-V, en nombre y representación de Endesa Gas Transportista, S.L., con C.I.F. B-50898352 y domicilio en C/ Aznar Molina, n.º 2, C.P. 50002 de Zaragoza, solicitó de ésta Delegación Provincial autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto de la utilidad pública, para el proyecto "Gasoducto de Transporte secundario para suministro al término municipal de Escúzar (Granada)". Exp. TGC 01/06.

Segundo. Debido a las alegaciones formuladas por los Ayuntamientos de La Malahá y Escúzar fue necesaria la modificación del trazado original del proyecto, dando lugar a un Reformado I, por lo que con fecha 13/02/2008, D. Pío Javier Ramón Teijelo, con D.N.I. 10.047.236-P, en nombre y representación de Endesa Gas Transportista, S.L., con C.I.F. B-50898352, solicitó de ésta Delegación Provincial autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones del proyecto denominado "Reformado II al proyecto de autorización del Gasoducto de Transporte Secundario para suministro al término municipal de Escúzar (Granada)", así como el reconocimiento en concreto de su utilidad pública y Declaración de Impacto Ambiental. Exp. DGC 37/07.

Tercero. Mediante Resolución de 19 de enero de 2010 de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Granada, actualmente denominada Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, se autorizó administrativamente, se aprobó el proyecto de ejecución de instalaciones y se reconoció, la utilidad pública de los proyectos "Gasoducto de transporte secundario para suministro al término municipal de Escúzar (Granada) y su Reformado II". Exp. TGC 01/06 y DGC 37/07.

Como consecuencia de la aprobación en fecha 30/05/08 de la Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016 por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, se hizo necesario la modificación del diámetro de las tuberías incluidas en el proyecto "Gasoducto de transporte secundario para suministro al término municipal de Escúzar (Granada) y su Reformado II", por lo que la Resolución de 19 de enero de 2010 quedó sin efecto, y en virtud de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (LSH), el Real Decreto 1434//2002, de 27 de diciembre, la Ley 1954 de Expropiación Forzosa y escrito de esta Delegación Provincial de fecha 09/07/2010, se acordó someter a trámite de información pública una nueva autorización administrativa previa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado "Anexo al proyecto de gasoducto de transporte secundario para suministro al término municipal de Escúzar (Granada) y sus Reformados", Exp. TGC 02/10.

Descripción de las instalaciones del gasoducto:

a) Canalización para suministro de gas natural al Polígono Industrial Marchalhendín, al núcleo urbano de la Malahá, a la industria Knauf, al polígono industrial Profitegra y al núcleo urbano de Escúzar.

b) Trazado: Origen en el gasoducto Granada-Motril existente en el término municipal de Otura, en la zona denominada El Esparragal, continuando por los términos municipales de Alhendín y La Malahá, para finalizar en el término municipal de Escúzar, en el camino de Ácula, donde se ubica la posición 2.

c) Presión de operación: 59 bar (APB). Presión de diseño 80 bar.

d) Material: Tubería de acero al carbono, API 5L, Grado X-60.

e) Diámetro 8", espesor 7.9 mm.

f) Longitud 12.361 m.

g) La tubería irá enterrada como mínimo 1 m. de profundidad sobre su generatriz superior.

h) Instalaciones auxiliares: Tres posiciones de válvulas, posición 0 en el término municipal de Otura, posición 1 en el término municipal de Alhendín (con ERM G-250 y válvula de seccionamiento) y posición 2 en el término municipal de Escúzar (con ERM G-650 y válvula de seccionamiento).

i) Presupuesto: Dos millones trescientos cuarenta y dos mil seiscientos treinta y nueve euros con ochenta y siete céntimos. (2,342,639.87 €).

Cuarto. En fecha 28/06/10 se remitió separata del proyecto al Ayuntamiento de La Malahá, Ayuntamiento de Escúzar, Ayuntamiento de Escúzar, Ayuntamiento de Otura, Consejería de Obras Públicas y Vivienda, Endesa, Consejería de Medio Ambiente, Agencia Andaluza del Agua, Comunidad de Regantes de Alhendín, Comunidad de Regantes de Otura, Comunidad de Regantes de Cantarranas y Olivillo, Comunidad de Regantes de Charcones Hervidora, Distribuidora Eléctrica Los Bermejales S.A., Emasagra y Diputación Provincial de Granada.

Con fecha 21/07/2010 se recibe en esta Delegación escrito del Ayuntamiento de Escúzar, informando que no encuentra inconveniente a la ejecución del proyecto. Con fecha 04/11/2010 se recibe nuevo escrito del Ayuntamiento de Escúzar manifestando discrepancias y proponiendo modificaciones al trazado del gasoducto. La empresa transportista rechaza la propuesta del Ayuntamiento y mantiene el trazado aprobado en el documento de Planificación 2008/2016 del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio por motivos técnicos y económicos.

Con fecha 28/06/2010 se recibió escrito de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, informando de la resolución favorable condicionada a la afección de la carretera.

Con fecha 09/09/2010 se recibe en esta Delegación escrito de la Consejería de Medio Ambiente informando sobre la resolución en el sentido de no considerar sustancial la modificación de diámetro del gasoducto.

Con fecha 13/09/2010 se reiteró informe a la Agencia Andaluza del Agua para que se pronunciara sobre la conformidad u oposición a la instalación, prorrogando la resolución de autorización de 21 de enero de 2010.

El resto de Organismos y entidades mencionadas, en unos casos, contestaron dando su conformidad a las instalaciones y en otros, no se obtiene respuesta, entendiéndose la conformidad según el artículo 80 del RD 1434/2002.

Quinto. Dicho expediente ha sido sometido a trámite de información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el BOE n.º 192, de 09/08/2010, BOJA n.º 165, de 24/08/2010, BOP n.º 155, de 13/08/2010, y en los periódicos Ideal y Granada Hoy, de 09/08/2010, ambos inclusive, así como exposición en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Otura, La Malahá, Alhendín y Escúzar.

Durante el periodo de información pública se presentaron alegaciones por parte de los siguientes interesados:

1) D.ª María Luisa Guerrero Ruiz, D. Jesús Alférez Guerrero, D. Luis Alférez Guerrero y D. Francisco Javier Alférez Guerrero, en el que manifiestan que se ratifican en escrito de alegaciones de 5 de marzo de 2010 en el cual básicamente alegan que; se ha incumplido el procedimiento, puesto que ni el concejo ni el Ayuntamiento de su demarcación no existe Estudio Informativo aprobado por el Ministerio de Fomento, la falta de información para defender los intereses y de manera especial para conocer el expediente, por desconocer la Declaración de Impacto Ambiental, la construcción plantea un coste agro-ecológico y un carácter antieconómico injustificado, el gasoducto se ha trazado por el lugar que más perjuicios ocasiona a la finca, pasando además, por dicha parcela una tubería de agua que abastece al depósito de agua de la población de La Malahá, se exige que se facilite la distribución de gas para futuras construcciones en la parcela afectada, se difiere en la calificación de los terrenos afectados, ya que existen, bastantes expectativas de recalificación a suelo industrial urbanizable y añade como nueva alegación que como propietarios tienen derecho a que el terreno sea explotado con fin de utilidad pública por nosotros antes que otra empresa o persona.

Endesa Gas Transportista, S.L., manifiesta que los estudios informativos del Ministerio de Fomento vienen contemplados en la legislación sectorial de carreteras y no son de aplicación al presente proyecto que se rige por la Ley del Sector de Hidrocarburos, siendo otorgada la declaración de impacto ambiental en fecha 16/06/09, el gasoducto es compatible con la actividad agrícola de la finca, no obstante, todos los bienes y derechos afectados serán indemnizados mediante el justiprecio, estando condicionado el trazado por factores de orden técnico, económicos, ambientales y jurídicos y teniéndose conocimiento de la existencia de la tubería de agua mencionada, por lo que se habilitarán las medidas necesarias para que no se vea interrumpido el abastecimiento de agua, asimismo se pone de manifiesto la imposibilidad de facilitar la distribución de gas para futuras construcciones en dicha finca no siendo apta para consumo doméstico o industrial, la calificación del terreno es un dato objetivo, siendo actualmente la clasificación del suelo rústico, en base al PGOU, no pudiéndose otorgar la explotación del terreno con fin de utilidad pública a los propietarios dado que la utilidad pública viene declarada "ex leye" en virtud al art. 103 LSH y su beneficio se otorga únicamente a los titulares de concesiones, permisos o autorizaciones que reúnan los requisitos establecidos en dicho cuerpo normativo.

2) D.ª Mercedes Castillo Castillo, D. Manuel Guerrero López, D. Francisco Marín Martín, D. Paulino Ortiz Dionisio, D.ª Francisca Ruiz Martín, D.ª Carmen Pérez Moles, D. Francisco Javier Guerrero López, propietarios de las fincas situadas en el término municipal de Escúzar, solicitan que se dé traslado del texto íntegro de las alegaciones presentadas en el expediente anterior, así como de los planos y documentos que se acompañaron con el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 19 de enero de 2010, reproduciendo el contenido de las mismas, y alegando, en este caso, fundamentalmente infracción del art.103 LSH dado que la finalidad del proyecto no es social sino que es mercantil a favor de dos potenciales/reales consumidores, no existe reivindicación vecinal ni del Ayuntamiento, generando perjuicios directos e inmediatos tanto a los afectados como al núcleo urbano de Escúzar, no primando el interés general, siendo lo razonable que el proyecto se ejecute con el menor daño posible a terceros y que los beneficiarios industriales del proyecto asuman el máximo de consecuencias negativas del mismo, e infracción del art. 113 del RD 1434/2002, proponiendo en virtud del cumplimiento del mismo, diversas alternativas de trazado, motivando el mismo en el cumplimiento de los apartados a) y b) del art. 113 del RD 1434/2002.

Endesa Gas Transportista, S.L., reitera los argumentos esgrimidos en sus anteriores escritos y manifiesta que el art. 103 LSH es una norma declarativa de derechos y viene a declarar la utilidad pública, "ex lege", así como se otorga el beneficio de la expropiación forzosa para poder llevar a cabo las instalaciones que nos ocupan, todo ello, sin perjuicio de la tramitación de su reconocimiento al amparo del art. 104 LSH. El Gasoducto se encuentra recogido en la planificación energética del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, aprobado por Consejo de Ministros, y se plasma en el documento denominado Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2008-2016, calificado como categoría A, es decir, aquellos proyectos que han de ser aprobados sin ningún tipo de condicionante, es por ello que sí existe necesidad de dotar de suministro de gas natural a la zona de influencia reflejada en el proyecto. En cuanto a los perjuicios se debe señalar que se han tratado de minimizar los daños que se pudieran ocasionar, con la modificación del proyecto original, reduciéndose en gran medida el número de parcelas afectadas por el proyecto, siendo la instalación del gasoducto compatible con el uso agrícola de las parcelas por la que discurre ya que, una vez instalada la tubería, el terreno se restituye a su estado primitivo, quedando apto para su posterior cultivo. No se expropia en dominio, sino que se constituye una servidumbre subterránea de paso de gas que, al no dividir la finca, permite que, una vez finalizadas las obras, se pueda continuar la explotación agraria en la totalidad de la finca afectada. La variante solicitada no es técnicamente viable, el trazado del Gasoducto está condicionado en esta zona por el cruce de la carretera GR-SO-09, debiéndose realizar en un único cruce, desestimándose dicha variante por cuanto aumenta los puntos de cruce con dicha carretera y además afecta a nuevos propietarios, no cumpliendo con el apartado c) del art.113 del RD 1434/2002.

3) D. Luis Serrano Fernández, que haciendo la misma petición de los interesados del párrafo anterior del traslado de documentación a este expediente, alega fundamentalmente infracción del art.103 de la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos e infracción y del art. 113 del Real Decreto 1434/2002, en los mismos términos que los elegantes anteriores, así como concurrencia de interés privado y ausencia de interés público, y solicita cambio de la posición 2 situada en su finca y la unificación de trámites de dicho proyecto junto con los proyectos de línea eléctricas inherentes al Gasoducto con el objeto de valorar el grado de afectación de la totalidad del proyecto.

Endesa Gas Transportista, S.L., reitera los argumentos esgrimidos tanto en sus anteriores escritos como en las alegaciones de los propietarios cuyas fincas se encuentran situadas en el término municipal de Escúzar, en cuanto a la infracción de los arts. 103 y 113 del RD. 1434/2002 y mencionados en el apartado anterior. En referencia a la concurrencia de interés privado se reitera en que dicho Gasoducto se encuentra recogido en la planificación energética referenciada anteriormente, no tratándose de una línea directa, como manifiesta el alegante, dado que en base al art. 78 de la LSH y reiterados informes de la Comisión Nacional de Energía, no reúne este proyecto las dos características que definen a las líneas directas puesto que no se trata de un gasoducto que suministre a un consumidor cualificado, ni su titularidad corresponde al mismo, quedando integrado dicho proyecto dentro del sistema de distribución de gas y permitiendo suministrar gas natural a los término de Escúzar y de La Malahá. La elección de la ubicación de las Estaciones Regulación y Medida de los gasoductos viene determinada por factores de diversa índole físicos, jurídicos, ambientales y urbanísticos a lo que se ha de añadir la necesidad de buscar el punto idóneo desde el cual puedan realizarse los distintos ramales de distribución de gas natural, encontrándose proyectados actualmente los ramales al Polígono Industrial de Profitegra, y al término municipal de Escúzar, la ubicación de esta posición se ha previsto en uno de los extremos de la parcela con el objeto de minimizar la afección a la explotación agrícola. Debe de desestimarse la unificación solicitada dado que toda la documentación del Proyecto obra en la Delegación Provincial para su consulta por cualquier interesado y el alegante se limita a formular una alegación genérica de falta de información sin detallar que datos son los que les falta.

En escrito de fecha 11/11/10, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 113 del RD 1432/2002, se le requiere a los elegantes, por parte de esta Delegación Provincial, que presenten documento técnico del trazado propuesto, presentándose documentación en fecha 26/11/10, en el que se amplia las alegaciones esgrimidas sin aportarse la documentación técnica solicitada.

Sexto. En cuanto a las instalaciones auxiliares, con fecha 20 de mayo de 2009, D. Pio Javier Ramón Teijelo, con DNI. 10.047.236-P, en nombre y representación de Endesa Gas Transportista, S.L., con CIF B-50898352 y domicilio a efectos de notificaciones en C/ Aznar Molina nº 2, CP.50002 de Zaragoza, solicitó de esta Delegación Provincial autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública, para el proyecto "Línea Aérea de Media tensión (LAMT) 20KV C.T. 50 KVA en el término municipal de Alhendín (Granada)". Exp. n.º 11758/AT, y del proyecto denominado "Línea Aérea de Media tensión (LAMT) 20KV C.T. 50 KVA en el término municipal de Escúzar (Granada)", Expediente nº 11759/AT.

Descripción de las instalaciones auxiliares en el término municipal de Alhendín. (Expte. 11758/AT):

a) Características: Línea aérea de Media tensión 20 kv de 176 m. de longitud con origen en LAMT Bco_ Alhendín y final en CT, conductor LA-56, aislamiento por cadenas de 3 elementos U40BS y apoyos metálicos galvanizados. Centro de Transformación intemperie sobre apoyo de 50 KVA, protección cut-outs y pararrayos autoválvulas 10 KA, en el t.m. de Alhendín.

b) Presupuesto: Ocho mil cuatrocientos treinta y un euro con treinta y siete céntimos (8.431,37 €).

c) Finalidad: Dotar de suministro eléctrico al Gasoducto " Otura- Escúzar"

Descripción de las instalaciones auxiliares en el término municipal de Escúzar. (Expte. 11759/AT):

a) Características: Línea aérea de Media tensión 20 kv de 1.892,56 m. de longitud con origen en LAMT Deriv. L/Escúzar y final en CT, conductor LA-56, aislamiento por cadenas de 3 elementos U40BS y apoyos metálicos galvanizados. Centro de Transformación intemperie sobre apoyo de 50 KVA, protección cut-outs y pararrayos autoválvulas 10 kA, en el término municipal de Escúzar.

b) Presupuesto: Veinticuatro mil trescientos sesenta y tres euros con un céntimo (24.363,01 €).

c) Finalidad: Dotar de suministro eléctrico al Gasoducto " Otura- Escúzar". Posición 2.

Séptimo: De la instalación auxiliar que discurre por el término municipal de Alhendín se enviaron separatas a los siguientes organismos afectados; Ayuntamiento de Alhendín y Consejería de Obras Públicas y Transportes. En fecha 24/07/09, dicha Consejería autorizó el cruce con la carretera A-385, el Ayuntamiento de Alhendín emite condicionado en fecha 01/07/09. En fecha 29/09/09, Endesa Gas Transportista S.L. presenta escrito de reparos a dicho condicionado. En fecha 11/06/10, el Ayuntamiento de Alhendín emite nuevo condicionado que es aceptado por Endesa Gas Transportista S.L en fecha 09/07/10.

De la instalación auxiliar que discurre por el término municipal de Escúzar se enviaron separatas a los siguientes organismos afectados: Agencia Andaluza del Agua, Ayuntamiento de Escúzar y Diputación Provincial de Granada. Dichos organismos emiten condicionados que en fecha 02/09/10 son aceptados por Endesa Gas Transportista, S.L.

Octavo: Dichos expedientes han sido sometidos a trámite de información pública, el primero mediante la publicación del correspondiente anuncio en el BOE nº. 153, de 24/06/2010, BOJA nº.154, de 06/08/2010, BOP n.º 123, de 30/06/2010, y en el periódico Ideal de 26/06/2010, y el segundo mediante la publicación del correspondiente anuncio en el BOE n.º 156, de 28/06/2010, BOJA nº.154, de 06/08/2010, BOP n.º 123, de 30/06/2010 y en el periódico Granada Hoy de 25/06/10.

No consta en el expediente que se hayan efectuado alegaciones durante dicho trámite en ninguno de los dos proyectos.

Fundamentos de Derecho

Primero. En la tramitación del expediente se han cumplido los trámites reglamentarios previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el RD 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorizaciones de gas natural, Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y el RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Segundo. De conformidad con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se transfieren competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de las Consejerías y el Decreto 134/2010, de 22 de marzo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y considerando que éstas instalaciones afectaran, solamente a la provincia de Granada, en los términos municipales de Otura, Alhendín, La Malahá y Escúzar, ésta Delegación en base a lo establecido en la Orden de 24 de junio de 2010, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, innovación y Ciencia en materia de expropiación forzosa, y Resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas,

Resuelve:

Primero. Otorgar autorización administrativa, aprobar el proyecto de ejecución y declarar, en concreto, la utilidad pública solicitada por Endesa Gas Transportista, S.L., correspondiente, conjuntamente, al proyecto denominado "Anexo al Proyecto de Gasoducto de Transporte Secundario para suministro al término municipal de Escúzar (Granada) y sus Reformados" Exp. n. TGC 02/10, y de sus instalaciones auxiliares, recogidas en los proyectos denominados "Línea Aérea de Media tensión (LAMT) 20KV C.T. 50 KVA en el término municipal de Alhendín", en la provincia de Granada. Exp. n.º 11758/AT y "Línea Aérea de Media tensión (LAMT) 20 kV C.T. 50 KVA en el término municipal de Escúzar", en la provincia de Granada. Exp. n.º 11759/AT, lo que lleva implícito la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, del Sector Eléctrico, con arreglo a las siguientes condiciones.

Segundo. A petición de los interesados, se da traslado en este expediente, de la documentación solicitada por los alegantes y presentada en expedientes anteriores, en forma de alegaciones y recursos de alzada.

Se estima la unificación de trámites solicitada por D. Luis Serrano Fernández, en aplicación de lo dispuesto en el art. 4.1.h) y 92.1 del RD 1434/2002, de 27 de diciembre, dado que las instalaciones eléctricas se constituyen como elementos auxiliares necesarios para el adecuado funcionamiento de la instalación de transporte.

Tercero. Estimar las manifestaciones realizadas por la entidad peticionaria, Endesa Gas Transportista, S.L.

Cuarto. La empresa constituirá en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de notificación de ésta Resolución, una fianza por valor de 47.508,685 euros, en la Caja General de Depósitos de la Delegación Provincial de Hacienda de la Junta de Andalucía en Granada a disposición de ésta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa, correspondiente al 2 % del presupuesto de ejecución que figura en el expediente, conforme a lo dispuesto en el art. 82 del RD 1434/2002, de 27 de diciembre y el art. 124 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre. Una vez formalizada el acta de puesta en servicio de la instalación, el interesado podrá solicitar su devolución, justificando el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la autorización.

Quinto. En todo momento deberá cumplirse cuanto se establece en el RD 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Sexto. Se establece un plazo de ejecución de la obra de 18 meses a partir del levantamiento del acta previa a la ocupación de los bienes afectados.

Séptimo. El inicio de la obra se deberá realizar en un plazo no superior a 6 meses contado a partir del levantamiento del acta previa a la ocupación de los bienes afectados. La empresa queda obligada a comunicar a esta Delegación Provincial la fecha de inicio de las obras.

Octavo. El incumplimiento de los plazos previstos supondrá la cancelación de la presente autorización.

Noveno. La presente autorización se concede con independencia de las competencias que correspondan a otras Administraciones, de acuerdo con el Artículo 6 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Artículo 75.2, del RD 1434/2002, de 23 de diciembre, y en ningún caso se concederá con derechos exclusivos de uso conforme a lo previsto en el Artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre según redacción dada en el RD Ley 5/2005, de 11 de marzo.

Décimo. Todas aquellas alegaciones formuladas por los interesados a las que no se dan respuesta expresa por esta Delegación Provincial en ésta Resolución, deben entenderse desestimadas.

Undécimo. Deberá cumplirse por parte de la empresa autorizada el condicionado impuesto por la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Granada, correspondiente a la declaración de impacto ambiental, dando cuenta a dicha Delegación Provincial, del cumplimiento de la misma.

Duodécimo. A la finalización de las obras la empresa queda obligada a solicitar de ésta Delegación Provincial, la puesta en servicio de las instalaciones, acompañada de la documentación siguiente:

a) Certificado final de obra, firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se ha efectuado de acuerdo con lo previsto en el proyecto presentado y los reglamentos, normas y especificaciones aplicados en el mismo.

b) Certificado final de las entidades o empresas encargadas de la supervisión y control del montaje de las instalaciones, en el que se haga constar el resultado satisfactorio de las inspecciones definitivas, así como los ensayos y pruebas realizadas según lo previsto en las normas y códigos aplicados en el proyecto.

c) Hoja de comunicación de datos al Registro Industrial.

Décimo Tercero. Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se concretan en la expropiación del pleno dominio e imposición de las servidumbres que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre o Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados

Anexo al Proyecto Gasoducto de Transporte Secundario para suministro al término municipal de Escúzar y sus Reformados. Expte. TGC 02/10.

Término municipal de: Otura

Abreviaturas utilizadas: SE: m² –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m² -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Finca

Titular – Dirección – Población – Código postal

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

GR-OT-1

Herederos de Cecilio Velasco Velasco - C/ Pintor Zuloaga, 14 3ºA, Granada – 18005

690

6920

7

24

labor secano

GR-OT-1PO

Herederos de Cecilio Velasco Velasco - C/ Pintor Zuloaga, 14 3ºA, Granada – 18005

720

7

24

labor secano

GR-OT-2

Joaquin Velasco Sousa - C/ Doctor Tejerizo Figueroa, 10, Otura (Granada) 18630

1

45

7

23

olivar riego

GR-OT-3

Emilia Cazorla Sánchez e Hijos – Desconocido.

257

2570

7

116

olivar riego

Término municipal de: Alhendin

Abreviaturas utilizadas: SE: m² –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m² -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Finca

Titular – Dirección – Población – Codigo postal

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

GR-AL-1

Emilia Cazorla Sánchez – Desconocido.

408

4080

8

117

labor secano

GR-AL-3

Fundación Benéfica Asilo y Escuelas de la Purísima Concepción - C/ Molinos, 6, Alhendín (Granada) – 18620

1034

10340

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS01

Jesús Pérez Flores – Álamos, 12 – Alhendín (Granada) – 18620.

152

1520

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS02

Antonio Ianez y Aurelia Muñoz – Desconocido-

59

590

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS03

Francisco García Velasco – C/ Ermita 15 – Otura (Granada) -18630.

65

650

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS04

Francisco Morales Martínez – C/ Ponce de León, 3 – Alhendín (Granada) 18620.

26

260

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS05

Francisco Guerrero Canalejo – Desconocido.

28

280

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS06

Jesús Pérez Benavides- Desconocido.

30

300

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS07

Manuel Pérez García – Desconocido.

51

510

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS08

Filomena García Gónzalez – Desconocido.

27

270

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS09

Mariano Villegas Salas –C/ Larga, 15 – Alhendín (Granada) - 18620.

41

410

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS10

Francisco Durán Torres- Cmo. Malaha, s/n – Alhendín (Granada) – 18620.

41

410

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS11

Antonio Ianez Ortega – Desconocido

36

360

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS12

Jesús Pérez Flores – C/ Álamos, 12 – Alhendín (Granada) - 18620.

41

410

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS13

Francisco Durán Torres- Cmo. Malaha, s/n – Alhendín (Granada) – 18620.

126

1260

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS14

José Ramírez Jiménez – Desconocido.

42

420

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS15

Francisco Durán Torres- Cmo. Malaha, s/n – Alhendín (Granada) – 18620.

87

870

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS16

José María Ortega García – Desconocido.

43

430

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS17

Filomena García Gónzalez – Desconocido.

19

190

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS18

Manuel Pérez García – Desconocido.

21

210

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS19

María Ángeles Durán Pérez – Desconocido.

50

500

8

83

labor secano

GR-AL-3BIS20

Antonio Urbano Zurita – C/ Acequia, 38 – Otura (Granada) -18630.

59

590

8

83

labor secano

GR-AL-5

Fundación Benéfica Asilo y Escuelas de la Purísima Concepción - C/ Molinos, 6, Alhendín (Granada) – 18620

590

5900

8

84

labor secano

GR-AL-5BIS01

José Elvira Fernández – Desconocido.

71

710

8

84

labor secano

GR-AL-5BIS02

Miguel Guerrero Gamarra– Cmo. Jayena, 30 – Alhendín (Granada) – 18620.

71

710

8

84

labor secano

GR-AL-5BIS03

Hermanos Moreno Villena- Desconocido.

111

1110

8

84

labor secano

GR-AL-5BIS04

Manuel Pérez García- Desconocido.

70

700

8

84

labor secano

GR-AL-5BIS05

Isabel Mª. Ruiz Romero – C/ Ribera del Genil nº 8, 6º- E. Granada. 18005

114

1140

8

84

labor secano

GR-AL-5BIS06

Antonio Ianez Ortega- Desconocido.

75

750

8

84

labor secano

GR-AL-5BIS07

Hermanos Moreno Villena – Desconocido.

75

750

8

84

labor secano

GR-AL-6

María Aurora Vela Carriles - Cortijo de San Fernado, Carretera de Otura, La Malahá (Granada) – 18130

Francisco Enrique Hitos Mendoza – C/ Cuesta de las Tomasas, 6, Granada – 18010.

594

5940

8

3

labor secano

GR-AL-6PO

María Aurora Vela Carriles - Cortijo de San Fernado, Carretera de Otura, La Malahá (Granada) – 18130.

Francisco Enrique Hitos Mendoza – C/ Cuesta de las Tomasas, 6, Granada – 18010.

1272

0

0

8

3

labor secano

GR-AL-7

Francisco Enrique Hitos Mendoza – C/ Csta de las Tomasas, 6 – Granada – 18010.

Fabrica y Drenajes Sociedad Limitada Avda. Andalucía s/n Pol. Ind. El Florío Par. 30 Granada - 18014.

140

1400

8

4

olivar riego

GR-AL-7EPC

Francisco Enrique Hitos Mendoza – C/ Csta de las Tomasas, 6 – Granada – 18010.

Fabrica y Drenajes Sociedad Limitada Avda. Andalucía s/n Pol. Ind. El Florío Par. 30 Granada - 18014.

93

372

8

4

olivar riego

GR-AL-7PO

Francisco Enrique Hitos Mendoza – C/ Csta de las Tomasas, 6 – Granada – 18010.

Fabrica y Drenajes Sociedad Limitada Avda. Andalucía s/n Pol. Ind. El Florío Par. 30 Granada – 18014.

2280

0

0

8

4

olivar riego

GR-AL-7V

Francisco Enrique Hitos Mendoza – C/ Csta de las Tomasas, 6 – Granada – 18010.

Fabrica y Drenajes Sociedad Limitada Avda. Andalucía s/n Pol. Ind. El Florío Par. 30 Granada – 18014.

0

202

2150

8

4

labor secano-almendro

GR-AL-10V

Antonia Alférez Zapata - Pza. Santo, 5 - La Malahá – 18130.

0

62

866

8

1

labor secano

GR-AL-10V/2V

María Luisa Guerrero Ruiz, Jesús Alférez Guerrero y Luis Alférez Guerrero - Sta. Maria de la Cabeza nº 6. - La Malaha. (Granada) – 18130.

Francisco Javier Alférez Guerrero. Av. De Alicante 59.Es:1 Pl:7 Pt:2 Elche-(Alicante) – 03202.

0

260

2739

9

82

almendros-labor secano

GR-AL-10V/3V

María Lourdes Ferrer Martín y María Lourdes Martín Ruiz

C/ Zoraya, 6 – Casa 12 – Granada – 18008.

0

800

8000

9

76

Labor secano

GR-AL-10V/4V

Fernando Villena Rubio - desconocido -

0

365

3654

9

23

labor secano

GR-AL-10V/5V

Josefa Navarro Villegas - desconocido -

0

69

759

9

22

labor secano

GR-AL-10V/6V

Josefa Navarro Villegas - desconocido -

0

149

1450

9

17

labor secano

GR-AL-10V/7V

Herederos de Antonio Villena Rubio – C/ Glorieta, 49 – Padul (Granada) – 18640.

0

114

1127

9

16

labor secano

GR-AL-10V/8V

Francisco Javier Villena Rubio –C/ Real, 42 – Padul (Granada) – 18640.

0

55

507

9

15

labor secano

Término municipal de: Escúzar

Abreviaturas utilizadas: SE: m² –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m² -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Finca

Titular – Dirección – Población- Código Postal

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

GR-ES-1/11V

Ayuntamiento de Escuzar - Plaza de España, 14 – Escuzar (Granada) – 18130.

0

3

24

-

-

viario

GR-ES-1/10V

Ayuntamiento de Escuzar - Plaza de España, 14 – Escuzar (Granada) – 18130.

0

100

981

3540102VG3034S

urbana

GR-ES-1/12V

Antonio Mariano Nuñez López – C/ Real, 6 – Escuzar (Granada) – 18130.

0

105

1087

3

23

olivos secano

GR-ES-1/13V

José Adelardo Jesús López Julia, María Elena López Capilla-

C/ Alhóndiga 6, 5º E- Granada – 18001.

0

123

1230

3

22

olivos regadio

GR-ES-1/14V

Ayuntamiento de Escuzar - Plaza de España, 14 – Escuzar (Granada) – 18130.

0

3

30

-

-

camino

GR-ES-1/15V

Francisco Rodriguez López – Carretera de Incar – Escuzar (Granada) - 18130.

0

253

2530

3

21

labor secano

GR-ES-1/2V

Ayuntamiento de Escúzar - Plaza de España, 14 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

57

570

3540109VG3034S

urbana

GR-ES-1/3V

Ayuntamiento de Escúzar - Plaza de España, 14 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

42

434

-

-

viario

GR-ES-1/4V

Ayuntamiento de Escúzar - Plaza de España, 14 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

369

3690

3544802VG3034S

urbana

GR-ES-1/5V

Ayuntamiento de Escúzar - Plaza de España, 14 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

30

292

-

-

viario

GR-ES-1/6V

Ayuntamiento de Escúzar - Plaza de España, 14 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

363

3630

3242102VG3034S

urbana

GR-ES-1/7V

Ayuntamiento de Escúzar - Plaza de España, 14 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

28

280

-

-

viario

GR-ES-1/8V

Ayuntamiento de Escúzar - Plaza de España, 14 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

839

8340

2738104VG3023N

urbana

GR-ES-1/9V

Ayuntamiento de Escúzar - Plaza de España, 14 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

54

540

-

-

viario

GR-ES-25V

Mercedes Castillo Castillo – C/ Barcelona-Edf. crono, 604 – Salou (Tarragona)- 43840.

0

332

3292

3

57

Olivos regadío

GR-ES-26V

Manuel Guerrero López – C/ Real, 8 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

108

1104

3

56

Olivos regadió

GR-ES-27V

Ayuntamiento de Escúzar - Plaza de España, 14 – Escúzar (Granada) -18130.

0

3

30

-

-

camino

GR-ES-28V

Francisco Marín Martín - Pz España, 5 – Escúzar (Granada)- 18130.

0

41

396

3

63

olivos regadío

GR-ES-29V

Paulino Ortiz Dionisio - Valle Angustias, 4 – Escúzar (Granada) - 18130

0

44

440

3

62

olivos regadío

GR-ES-30V

Herederos de Narciso Martín Dionisio - C/ San Blas, 15 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

37

500

3

61

labor secano, olivos regadío

GR-ES-32V

Carmen Pérez Moles - Lope Vega, 17 – Escúzar (Granada) – 18130.

0

131

1359

2

36

Olivos regadío

GR-ES-33V

Francisco Javier Guerrero López – C/ Sinies, 4 – Salou (Tarragona) – 43840.

0

70

705

2

35

Olivos regadío

GR-ES-34/1V

José Núñez Palma – C/ López de Vega, 31 – Escúzar (Granada)- 18130.

0

285

2907

2

34

Olivos regadío

GR-ES-35/1V

Francisco Moreno López - Av. Doctor Olóriz, 4-4A – Granada-18012.

0

224

2247

2

32

Olivos regadío

GR-ES-36/1POV

Luis Serrano Fernández y Rosario Lorca Rodríguez- C/ Libreros, 2 – Granada- 18001.

Asunción Fonseca Andrade – Desconocido.

Rosario Fonseca Andrade – Desconocido.

María Luisa Fonseca Andrade – Desconocido.

2623

0

0

2

29

Olivos regadío

GR-ES-36/1V

Luis Serrano Fernández y Rosario Lorca Rodríguez - Libreros, 2 – Granada-18001.

Asunción Fonseca Andrade – Desconocido.

Rosario Fonseca Andrade – Desconocido.

María Luisa Fonseca Andrade – Desconocido.

0

311

3090

2

29

Olivos regadío

Término municipal de: La Malaha

Abreviaturas utilizadas: SE: m² –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m² -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Finca

Titular – Dirección – Población – Código Postal

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

GR-MA-1/11V

Francisco Navarro Fernandez - San Jose Baja, 46-4A – Granada – 18005.

0

32

320

6

56

labor secano

GR-MA-1/10V

Francisco Navarro Fernandez - San Jose Baja, 46-4A – Granada – 18005.

0

18

175

6

55

labor secano

GR-MA-1/12V

Francisco Castillo Ortíz - Nuestra Sra. Rosario, 4, Escúzar (Granada)- 18130.

0

72

720

6

57

olivos secano

GR-MA-1/13V

José Matute Benavides - San José, 12, La Malahá (Granada) - 18130.

0

23

230

6

58

labor secano

GR-MA-1/14V

Carmen Perez Moles - Lope de Vega, 17, Escúzar (Granada) - 18130.

0

20

192

6

59

labor secano

GR-MA-1/15V

Manuel Alférez Zapata - Pz España, 4, Escúzar (Granada) - 18130.

0

42

420

6

60

labor secano

GR-MA-1/16V

Magdalena Cardenete Castro – C// Recogidas, 10 - 2 E, Granada - 18005.

0

215

2103

6

61

labor secano

GR-MA-1/18V

Magdalena Cardenete Castro – C// Recogidas, 10 - 2 E, Granada - 18005.

0

49

482

6

62

labor secano

GR-MA-1/1V

Maria Rosa Lorenzo Villegas - C/ Concepción 20, La Malahá (Granada)- 18130.

0

14

140

5

53

labor secano

GR-MA-1/3V

Sebastián Lorenzo Villegas – Bo. Nuevo, 3, La Malahá (Granada) - 18130.

0

43

557

6

42

olivos secano

GR-MA-1/4V

María Luisa Alférez Alférez – Avda. de la Estación 23, 3º,6, Almería -04005.

0

17

184

6

48

labor secano

GR-MA-1/5V

Rafael Lorenzo Villegas – C/ Real, 40, La Malahá (Granada) - 18130.

0

212

2103

6

50

almendro secano

GR-MA-1/7V

José Pedro Moreno Villena.- C/ Real, 39-2, Padul (Granada) - 18640.

0

45

479

6

52

labor secano

GR-MA-1/8V

Magdalena Cardenete Castro – C// Recogidas, 10 - 2 E, Granada - 18005.

0

38

380

6

53

labor secano

GR-MA-1/9V

Ernesto Bimbela García – C/ Galeón de los Planetas, 1, La Malahá (Granada) - 18130.

0

34

340

6

54

olivos secano

GR-MA-57/2V

Magdalena Cardenete Castro – C// Recogidas, 10 - 2 E, Granada, 18005.

0

43

442

6

245

labor secano

GR-MA-57/3V

Herederos de María Josefa García Pérez - Av. Cervantes, 14, Escúzar (Granada) - 18130.

0

260

2570

6

265

labor secano

GR-MA-57/5V

Herederos de María Josefa García Pérez - Av. Cervantes, 14, Escúzar (Granada) - 18130.

0

52

593

6

264

labor secano

GR-MA-57V

Magdalena Cardenete Castro – C/ Recogidas, 10, 2 E, Granada - 18005.

0

1057

10600

6

267

labor secano

relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados

proyecto: " linea aérea de media tensión 20 kv y ct 50 kva, en el término municipal de alhendín (granada)". expte 11.758/at.

Término municipal de: Alhendín

Abreviaturas utilizadas: SE: m² –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m² -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Finca

Titular – Dirección – Población – Código Postal

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

GR-AL-1E

María Aurora Vela Carriles - Cortijo de San Fernado, Carretera de Otura, La Malahá (Granada) - 18130.

4

7

28

9

78

labor secano

GR-AL-2LE

Luis Alférez Pino. Desconocido.

4

25

100

9

79

Olivar regadío

GR-AL-4LE

Francisco Enrique Hitos Mendoza - C/ Csta de las Tomasas, 6, Granada- 18010.

Fábrica y Drenajes S.L. - Avda. Andalucía s/n Pol. Ind. El Florío Par. 30. Granada - 18014.

8

127

508

8

4

Olivar regadío

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados

Proyecto: " lamt 20 kv y ct 50 kva, en el término municpal de Escúzar (Granada)". Expte.11.759 /at

término municipal de: Escúzar.

Abreviaturas utilizadas: SE: m² –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m² -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Finca

Titular – Dirección – Población – Código Postal

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

GR-ES-1LE

María Calvo Guerrero - Nuesta Sra. Del Rosario, 4, Escúzar (Granada)- 18130.

4

12

48

4

21

Olivar regadío

GR-ES-3LE

Hdros de Juan Ruíz Martín - Avda. Cervantes 18, Escúzar (Granada)- 18130.

4

108

432

4

8

Olivar secano

GR-ES-5LE

Luis José Pino Carrillo - C/ Huelva, La Malahá (Granada) - 18130.

4

114

456

3

47

Olivar regadío

GR-ES-7LE

Manuel Martín Martín - C/ Principe Felipe, Escúzar (Granada) - 18130.

4

92

368

3

46

Olivar regadío

GR-ES-8LE

Francisca Aguado López - C/ San Blas, 81, Escúzar (Granada) - 18130.

2

33

132

3

49

Olivar regadío

GR-ES-9LE

Antonio López Guerrero.- Desconocido.

2

111

444

3

45

Olivar regadío

GR-ES-11LE

Mercedes Castillo Castillo - C/ Barcelona-Edf. crono, 604 – Salou (Tarragona)-43840.

8

127

508

3

57

Almendro Secano

GR-ES-12LE

Manuel Guerrero López - C/ Real, 8, Escúzar (Granada) – 18130.

159

636

3

56

Olivar Secano

GR-ES-14LE

Francisco Marín Martín - Pz España, 5 – Escúzar (Granada)- 18130.

5

20

3

63

Olivar regadío

GR-ES-15LE

Paulino Ortiz Dionisio - Valle Angustias, 4 – Escúzar (Granada) - 18130

4

48

192

3

62

Olivar regadío

GR-ES-16LE

Herederos de Narciso Martín Dionisio - C/ San Blas, 15 – Escúzar (Granada) – 18130.

28

112

3

61

Olivar regadío

GR-ES-18LE

Carmen Pérez Moles - Lope Vega, 17, Escúzar (Granada) - 18130.

4

33

132

2

36

labor secano

GR-ES-19LE

Francisco Javier Guerrero López, C/ Sinies, 4, Salou (Tarragona) - 43840.

37

148

2

35

labor secano

GR-ES-20LE

José Núñez Palma – C/ López de Vega, 31, Escúzar (Granada) - 18130.

6

429

1716

2

34

labor secano

GR-ES-21LE

Inmaculada Lavín Martín. – Av. Cervantes 24. Escúzar (Granada) - 18130.

0

43

2

33

Olivar Secano

GR-ES-22LE

Francisco Moreno López - Av. Doctor Olóriz, 4, 4ª, Granada-18012.

4

234

936

2

32

labor secano

GR-ES-23LE

Luis Serrano Fernández y Rosario Lorca Rodríguez - Libreros, 2, Granada-18001.

Asunción Fonseca Andrade – Desconocido.

Rosario Fonseca Andrade – Desconocido.

María Luisa Fonseca Andrade – Desconocido.

10

290

1160

2

29

labor secano

Granada, 11 de enero de 2011.- El Consejero de Economía, Innovación y Ciencia. P.D. El Delegado Provincial. Orden de 24 de junio de 2010 (BOJA núm. 139 de 16/07/10). Fdo.: Francisco Cuenca Rodríguez.

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