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Documento BOE-B-2011-24945

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2011, páginas 80063 a 80063 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-24945

TEXTO

Edicto.

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Badajoz, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración Concurso 0000107/2011 se ha dictado a instancias de Mercantil Biomasas de Extremadura, S.L., con CIF Nº B-06502710 en fecha 20 de junio de 2011, Auto de Declaración de Concurso del deudor, con domicilio social en Calle Salvador de Madariaga, número 2, A de Badajoz.

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal.

Se nombra Administrador Concursal único al letrado don Luis de Vera Muslera con domicilio Calle Príncipe de la Paz Número 1-1-B Badajoz, que reúne los requisitos del artículo 27.1 de LEC.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de Quince Días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 20 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

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