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Documento BOE-B-2011-24942

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2011, páginas 80060 a 80060 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-24942

TEXTO

Edicto.

Juzgado de lo Mercantil núm. 1. Alicante.

Por el presente se hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Mueblerías y Colchonerías en Benidorm, S.L., con C.I.F n.º B53451696, y domicilio en Avda. de los Almendros, n.º 36, de Benidorm (Alicante), inscrita en el Registro Mercantil de Alicante en la Hoja a-57810, tomo 2312, Folio 108 y con el número de registro 000112/2010 en cuyo seno se ha dictado Sentencia de fecha 4/07/11 por el que se aprueba el convenio presentado, habiéndose ordenado se proceda a dar la publicidad de los artículos 23 y 24 LC.

Que la parte dispositiva de la sentencia es del siguiente tenor:

Fallo

Que procede aprobar el convenio aceptado en junta de fecha 10/06/11, declarando la terminación de la fase común del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, cesando los administradores concursales en el cargo debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de 8 días, salvo en lo referente a efectos de tramitar la sección de calificación y rendición de cuentas y litigios pendientes.

Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.

Dentro de los Cinco Días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (Art. 168 LC).

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC.

Líbrese mandamientos al Registrador Mercantil y a los Registros de la Propiedad en los que conste anotada la declaración de concurso, que serán entregados al Procurador de la concursada para su curso y gestión, quién deberá acreditar su presentación en plazo de 5 días.

Alicante, 4 de julio de 2011.- El/la Secretario Judicial.

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