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Documento BOE-B-2011-24487

Resolución de la Generalitat de Cataluña, Departamento de Empresa y Empleo, Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, de 6 de mayo, por la que se da publicidad a la Resolución de 15 de julio de 2010, de la Dirección General de Energía y Minas, del Departamento de Economía y Finanzas, de la Generalitat de Cataluña (exp. 09/27437).

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 2011, páginas 79434 a 79437 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2011-24487

TEXTO

Considerando que la Dirección General de Energía y Minas, del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalitat de Cataluña, mediante Resolución de 15 de julio de 2010, otorgó a la empresa "Electra Caldense, S.A.", la autorización administratjva, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la nueva subestación "Can Vinyals" de 220/25 kV, en los términos municipales de Sentmenat y Castellar del Vallés (exp. 09/27437);

Visto lo que disponen el artículo 128.3 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y el artículo 68 de la Ley. 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

Resuelvo:

Publicar la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalitat de Cataluña, de 15 de julio de 2010 (exp. 09/27437), anexa a la presente Resolución.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Empresa y Empleo, de la Generalitat de Cataluña, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 6 de mayo de 2011.-El Director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Josep Canós i Ciurana.

Anexo.

Resolución de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se otorga a la empresa "Electra Caldense, S.A.", la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la nueva subestación "Can Vinyals", de 220/25 kV, en los términos municipales de Sentmenat y Castellar del Vallés (exp. 09/27437).

La empresa "Electra Caldense, S.A.", con domicilio social en la plaza de Catalunya, 3, Caldes de Montbui, ha solicitado ante la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía y Finanzas, la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la nueva subestación "Can Vinyals", de 220/25 kV, en los términos municipales de Sentmenat y Castellar del Vallés (Vallés Occidental).

En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, dicha solicitud ha sido sometida a un período de información pública mediante el anuncio publicado en el DOGC núm. 5569, de 17.2.2010; en el BOE núm. 41, de 16.2.2010, y en el periódico "Avui" con fecha de 17.2.2010.

De conformidad con los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó informe a la Agencia Catalana del Agua y a "Red Eléctrica de España, S.A.", que presentaron informes favorables con condicionantes, los cuales fueron aceptados por la empresa peticionaria; al Ayuntamiento de Sentmenat, que en su informe no planteó ningún condicionante técnico, y al Ayuntamiento de Castellar del Vallés, que previa reiteración no se manifestó, por lo que se entiende su conformidad con el proyecto.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el anuncio se ha comunicado a los Ayuntamientos de Sentmenat y Castellar del Vallés, en cuyos términos municipales radican los bienes. o derechos afectados por esta instalación, para su exposición al público por un período de veinte días, para que se pudiera comprobar la existencia de errores en la relación mencionada, así como formular las alegaciones que fueran procedentes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 145 y 147 del mencionado Real Decreto.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, también se solicitó informe a "Endesa Distribución Eléctrica, S.L.", que ha presentado informe con condicionantes, los cuales han sido aceptados por la empresa peticionaria.

De acuerdo con la Ley 17/2007, de 4 de julio, de modificación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, se solicita informe al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que informa favorablemente dicha petición, a los efectos previstos en el artículo 36.3 de esta Ley y el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000.

Visto lo expuesto, la Dirección General de Energía y Minas considera la necesidad de esta instalación para satisfacer el aumento de demanda eléctrica y mejorar la red de distribución de la comarca.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Cataluña,

Resuelvo:

1. Otorgar la autorización administrativa para la construcción de la instalación eléctrica de la nueva subestación "Can Vinyals" 220/25 kV y del vial de acceso a la empresa "Electra Caldense, S.A.", en los términos municipales de Sentmenat y Castellar del Vallés (Vallés Occidental).

2. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, que lleva implícita la necesidad de ocupación urgente de los bienes y derechos afectados a los efectos previstos por el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Esta declaración de utilidad pública se sometió a información pública mediante el anuncio publicado en el DOGC núm. 5569, de 17.2.2010, y comporta las afecciones que se describen y las que habrían podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente.

3. Aprobar el proyecto de ejecución de esta instalación, con las siguientes características técnicas:

La instalación eléctrica se ubica en el término municipal de Sentmenat y el vial de acceso en los términos municipales de Sentmenat y Castellar del Vallés, y el acceso es por este último. Se ubica en un terreno colindante a la actual subestación de Sentmenat 400/220 kV, gestionada por Red Eléctrica de España.

La instalación se compone de dos posiciones de transformador y tiene una capacidad total de transformación de 100 MVA.

La parte de las 2 posiciones de transformador de las que presenta la autorización "Electra Caldense, S.A.", consta de los siguientes elementos:

Transformadores de potencia. 2 unidades de 50 MVA 220/25 kV con árbol de transmisión de 25 kV y la correspondiente reactancia de puesta a tierra (neutro artificial).

Centro de reparto de 25 kV mediante cabinas blindadas bajo atmósfera SF6 configuración doble barra con un total de 12 cabinas, 5 de salidas de línea, 2 de secundario de transformador 220/25 kV, 2 de acoplamiento transversal y 1 salida de transformador de servicios auxiliares.

Un transformador de servicios auxiliares con aislamiento de resina de 250 kVA, 25/0,42 kV. Sistema de protección y telecontrol de las dos posiciones de transformador y las cabinas de distribución primaria de 25 kV.

Finalidad: mejorar el servicio eléctrico de toda la red de distribución y poder atender el aumento de demanda en la zona.

Presupuesto: 1.313.407 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa antes mencionada, así como el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el Ingeniero Industrial señor don Oriol Xalabarder Angli y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cataluña, con el número B-435171, en fecha 17 de julio de 2009; la modificación (revisión 01) con visado número B-445540 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cataluña, con fecha 4.12.2009; así como con las variaciones que, si procede, se soliciten y autoricen posteriormente.

2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo establecido en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subéstaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre; el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, de acuerdo con el régimen transitorio establecido en el mencionado Real Decreto, la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, y demás disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular es la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada es de dos años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el "Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya".

5. La Dirección General de Energía y Minas podrá realizar, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

6. Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al mencionado órgano administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención que se produzcan durante la ejecución y su finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de las obras se adjuntará el certificado de dirección y finalización de instalación que acredite que se ajustan al proyecto aprobado y que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas.

7. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones impuestas.

En este supuesto, la Administración, previa instrucción del oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

8. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía y Finanzas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 15 de julio de 2010.-El Director general de Energía y Minas, Agustí Maure Muñoz.

Barcelona, 6 de mayo de 2011.- El Director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Josep Canós i Ciurana.

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