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Documento BOE-B-2011-23876

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 16 de julio de 2011, páginas 78227 a 78227 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-23876

TEXTO

Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Concurso Voluntario Abreviado 122/2011-F se ha dictado a instancias de "Tomsagan Sports, Sociedad Limitada" en fecha de 26 de abril de 2011, Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la Compañía Mercantil "Tomsagan Sports, Sociedad Limitada", con Código Identificación Fiscal número B50949148 y domicilio social en Zaragoza, paseo de la Independencia, número 8 duplicado, 2.º izquierda, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza en el tomo 2873, folio 107, hoja número Z-32491, cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio.

Segundo.-Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que Seguirá Ejerciendo el deudor.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 26 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

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