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Documento BOE-B-2011-23757

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 15 de julio de 2011, páginas 77652 a 77652 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-23757

TEXTO

Edicto

Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I declaración concurso 0000230/2011 se ha dictado a instancias de Miguel Ángel Serra Sintes, Cons Prom Mas 1974, S.L.U, en fecha 29/06/11 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Miguel Ángel Serra Sintes, DNI 18219808-J, Cons Prom Mas 1974, S.L.U., CIF 57475956, cuyo centro de intereses principales lo tienen en Sant Llorenç des Cardassar.

2.º-Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de los declarados en concurso.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocaré un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallroca, 29 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

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