D./Dña. Inmaculada Martínez Ordóñez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante,
Por el presente hago saber: Que en fecha 21 de junio de 2011 se ha dictado auto de conclusión del concurso que se tramita en este Juzgado con el número 175/11-R frente a la mercantil NETCONSULTING, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL, con C.I.F. número B-53525796, con domicilio en Calle Cervantes, n.º 21 Local 1, San Juan de Alicante cuya parte dispositiva es la siguiente:
1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de NETCONSULTING, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.
3.- Se acuerda la disolución de NETCONSULTING, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.
4.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 25 de mayo de 2011.
5.- Désele traslado a los acreedores personados de la conclusión del presente concurso.
Alicante, 23 de junio de 2011.- Secretaria Judicial.
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