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Documento BOE-B-2011-23452

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 13 de julio de 2011, páginas 77238 a 77238 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-23452

TEXTO

Edicto.

Doña Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I declaración concurso 190/2011, se ha dictado a instancias de "Anclajes y Roscados del Valle del Ebro, S.L.", con CIF B-50581065, en fecha 20 de junio de 2011, auto de declaración de concurso voluntario de la deudora "Anclajes y Roscados del Valle del Ebro, S.L.", cuyo centro de intereses principales lo tiene en polígono "Las Norias", avenida Valencia, nave 9-B, de Muel (Zaragoza).

Segundo.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la deudora.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 20 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

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