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Documento BOE-B-2011-23137

CÁCERES

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 11 de julio de 2011, páginas 76280 a 76280 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-23137

TEXTO

Edicto

D. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 619/2011 se ha dictado en fecha 23 de junio de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Fidela Arjona Pérez, con DNI 76106757 X, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Plasencia

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, si concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistido de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Cáceres, 23 de junio de 2011.- Secretario Judicial.

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