Antecedentes de Hecho:
Primero.- Con fecha de 29 de enero de 2010, D. Miguel González Ruiz, en nombre y representación de la entidad mercantil "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima", con domicilio en la Moraleja, Alcobendas, 28109 de Madrid, Paseo Conde de los Gaitanes, n.º 177, solicitó la Aprobación del Proyecto y Declaración de Utilidad Pública, en concreto, para la instalación que se cita, de acuerdo con el Título VII, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
A tal efecto se adjuntó el proyecto de ejecución de línea aérea subterránea de transporte de energía eléctrica a 220 kV doble circuito. Cañuelo-Los Barrios en el término municipal de Los Barrios, y relación de propietarios de los terrenos afectados.
Segundo.- De conformidad con el artículo 144 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante RD 1955/2000), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio, respectivamente, en el BOP de Cádiz número 56 de 25/03/2010, BOJA número 69 de 12/04/2010, BOE número 67, de 18/03/2010 y en el El Faro Información de fecha 17/03/2010 del mismo modo, se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Los Barrios, durante el periodo de 20 días, no habiéndose producido alegaciones durante dicho periodo.
Tercero.- De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, fueron notificados los Organismos que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios, en concreto:
Ayuntamiento de Los Barrios: Informa favorablemente
CLH: Emite condicionados aceptados por promotor
Ministerio de Fomento: Informa favorablemente
ONO: No contesta
ADIF: No se opone
Telefónica: Informa favorablemente
Air Liquide: Emite condicionados aceptados por promotor
Gas Natural: Emite condicionados aceptados por promotor
Diputación de Cádiz: Informa favorablemente
Consorcio de Bomberos de la Bahía de Cádiz: Se opone en base a la presunta afección a posibles desarrollos futuros, que no se concretan.
Acerinox: No contesta
Arcgisa: Emite condicionados aceptados por el promotor
Eon: Emite condicionados aceptados por el promotor
Endesa: Emite condicionados aceptados por el promotor
ENAGAS: No se opone.
Cuarto.- Se desestima la oposición del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cádiz porque su escrito no hace referencia alguna a modificaciones en la profundidad o el trazado de la línea, ni justifica las posibles afecciones.
Fundamentos de Derecho:
Esta Delegación Provincial es competente para resolver sobre la citada autorización y aprobación del proyecto, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en los Decretos del Presidente 14/2010 de 22 de Marzo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía y 134/2010, de 13 de abril por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA n.º 59, de 28/03/2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería Innovación, Ciencia y Empresa, la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, resuelve:
Otorgar a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, autorización administrativa, aprobación del proyecto y declarar en concreto la utilidad pública a los efectos señalados en el Artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y del Artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos, para el establecimiento de la instalación cuyas principales características son las siguientes:
Descripción de la instalación: línea aérea subterránea de transporte de energía eléctrica a 220 kV doble circuito. Cañuelo-Los Barrios
Lugar donde se va a establecer la instalación: Los Barrios.
Término municipal afectado: Los Barrios
Finalidad: Conexión nueva SET Cañuelo con SET Los Barrios.
Características fundamentales.
Composición de la Línea Eléctrica.
Origen: Nueva Subestación "Cañuelo"
Final: Nueva posición en Subestación "Los Barrios"
Tramo Aéreo:
Tensión de Servicio: 220 kV
Número de circuitos: 2
Número de conductores por fase: 2
Capacidad de transporte por circuito: 894 MVA
Temperatura de diseño: 85 ºC
Tipo de conductor: CONDOR AW
Número cables de tierra: 2 OPGW-TIPO 1-17 kA 15,3
Apoyos: Torres metálicas de celosía
Longitud en kms: 2,941
Tramo Subterráneo:
Tensión de Servicio: 220 kV
Número de circuitos: 2
Número de conductores por fase: 1
Capacidad de transporte por circuito: 541 MVA
Tipo de cable: Aislamiento seco XLPE
Sección del conductor: 2500 mm2 Cu parcialmente oxidado
Longitud en kilómetros: 1,856 circuito 1 y 1,926 circuito 2
Esta Autorización y Aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.
Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir de la presente resolución.
El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta puesta en marcha.
Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cádiz, 27 de mayo de 2011.- La Delegada Provincial, Angelina María Ortiz del Río.
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