Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 454/09 de la mercantil Petróleos del Este, S.L., con CIF B-46990214 habiéndose dictado en fecha 17 de junio de 2011 auto por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, cuya parte dispositiva, dice:
"Se decreta la conclusión del concurso y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado Petróleos del Este, S.L., ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
Se acuerda disponer el cese del administrador concursal, D. Leopoldo López Máñez revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
Dése a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos del artículo 23 y 24 de la LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos. Despachos que serán entregados para su diligenciamiento a la Procuradora de los Tribunales, doña Elena Herrero Gil.
Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 8 de marzo de 2011.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 L.C.).
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. D. José María Cutillas Torns, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe."
Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 177 de la LC., se expide el presente.
Valencia, 17 de junio de 2011.-
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