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Documento BOE-B-2011-22325

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2011, páginas 73781 a 73782 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-22325

TEXTO

Edicto.

El Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona,

Por el presente, hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil FARGAMOBEL, S.L. (CIF B-61136792 ), seguidos en este Juzgado con el n.º 601/2008, se ha dictado en fecha 20/06/11 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de FARGAMOBEL, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 601/2008, a instancias de FARGAMOBEL, S.L., y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se declara la extinción de la mercantil FARGAMOBEL, S.L., con CIF n.º B-61136792 y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Requiérase a los miembros integrantes de la administración concursal a fin de que rindan cuentas de su actuación ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente resolución.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado y en el tablón de anuncios de este juzgado en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona para cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de los administradores concursales así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrense para ello los correspondientes oficios y mandamientos que serán entregados al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.

Asimismo, remítase oficios a los Juzgados Decano de Tarragona y de l'Hospitalet de Llobregat (Barcelona).

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Doña Maria Aranzazu Ortiz González, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe.

La Magistrada-Jueza.-El Secretario Judicial".

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 20 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.

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