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Documento BOE-B-2011-22293

TERUEL

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2011, páginas 73749 a 73749 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-22293

TEXTO

Doña Laura Hernández Marzo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Teruel,

Por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 151/2011 se ha dictado en fecha 2 de junio de 2011, Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Espectáculos Taurinos Majorri, Sociedad Limitada, con CIF B-44192938, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Fombuena, número 8, de Bronchales (Teruel).

Segundo.-Se ha nombrado administrador concursal al economista José Ramírez Espinosa.

Tercero.-El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración, mediante su autorización o conformidad.

Cuarto.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Quinto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Teruel, 2 de junio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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