Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:
"Prestar conformidad a los planos fechados en febrero de 2011 y firmados por el Jefe del Servicio Provincial de Costas en Tarragona, en los que se modifica la ribera del mar, en el tramo de costa de unos cuatrocientos treinta y nueve (439) metros, correspondiente con el puerto deportivo de Roda de Bará, entre los vértices M-21 y M-34, del deslinde del tramo de costa de unos tres mil seiscientos sesenta y dos (3.662) metros en el término municipal de Roda de Bará (Tarragona), ratificado por OM de 28 de abril de 1997.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución."
Madrid, 13 de junio de 2011.- El Subdirector General de Dominio Público Marítimo Terrestre. José Ramón Martínez Cordero.
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