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Documento BOE-B-2011-21221

SEGOVIA

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2011, páginas 71507 a 71507 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-21221

TEXTO

Don Luis García Aguado, Secretario Judicial del juzgado de primera instancia e instrucción número dos de Segovia, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I declaración concurso 0000264/2011 se ha dictado en fecha auto de declaración de concurso del deudor "El Acueducto Canarias, Sociedad Anónima Unipersonal" con código de identificación fiscal A35339100 en liquidación, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Segovia, Carretera de San Rafael, 42.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que serán ejercidas por la administración concursal, el letrado don Francisco Javier Casillas Barral domiciliado en Segovia, calle Obispo Gandásegui número 1.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen que la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

En Segovia, 31 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.

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