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Documento BOE-B-2011-20968

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria sobre resolución de 7 de febrero de 2011 de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de información pública y aprobación definitiva del estudio informativo de clave: EI-1-S-22 "Autovía A-67. Ampliación de capacidad y ramal de continuidad. Tramo: Santander-Torrelavega" Cantabria.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 21 de junio de 2011, páginas 70183 a 70183 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2011-20968

TEXTO

Visto el informe de la Dirección General de Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996, la Secretaría de Estado de Infraestructuras resuelve:

1) Declarar que el expediente de información pública reseñado en el asunto cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre).

2) Aprobar el expediente de información pública del estudio informativo: "Autovía A-67. Ampliación de capacidad y ramal de continuidad. Tramo: Santander-Torrelavega". de Clave: EI1-S-22 y definitivamente el mismo, seleccionando como opción más recomendable la denominada en el estudio "Alternativa única en el tramo Enlace de Torrelavega, Alternativa 3 en el Tramo Enlace de Sierrapando, Alternativa 4 en el Tramo Ramal de Continuidad Sierrapando-Barreda, Alternativa 4.1 en el Tramo Enlace de Barreda y Alternativa 1 en el Tramo Ampliación de Capacidad Barreda -Igollo" con un Presupuesto Base de Licitación (sin IVA) de 138,10 ME.

3) En las fases posteriores, de proyecto y ejecución de la obra, se cumplirán las condiciones de la Declaración de Impacto Ambiental, y se realizará la reposición de caminos y servicios de acuerdo con los Ayuntamientos y organismos afectados.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.C de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Santander, 7 de junio de 2011.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Fernando Hernández Alastuey.

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