El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva, en sesión celebrada el 5 de abril de 2011, en uso de las facultades que le confiere el Art.40.5.ñ) de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su redacción dada por la Disposición Final Segunda de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, acordó la modificación sustancial de la concesión administrativa de titularidad de "Lípidos Santiga Huelva, Sociedad Limitada" con las siguientes condiciones específicas:
· Ocupación de dominio público: 21.500 + 10.681 = 32.205 metros cuadrados.
· Destino: Planta de refinado de aceites vegetales relacionados con la industria alimentaria y la fabricación de biocombustibles.
· Plazo de vigencia: Hasta el 10 de noviembre de 2028.
· Tasas:
- Ocupación: 107.122,53 euros/año.
- Actividad: 0,1301 euros/tonelada de producto transformado en la refinería, independiente de su finalidad, con una producción mínima anual de 300.000 toneladas a partir del tercer año de la puesta en explotación. La cuantía mínima anula a abonar por este concepto no podrá ser en ningún caso inferior al 20% de la tasa de ocupación de terrenos.
Lo que se publica para general conocimiento.
Huelva, 8 de junio de 2011.- El Presidente del Consejo de Administración, Fdo.- José Cejudo Sánchez.
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