Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-20701

Resolución de la Generalidad de Cataluña, Departamento de Empresa y Empleo de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, EMO/ /2011, de 13 de mayo, por la que se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del Proyecto de ejecución de la nueva subestación L'Espluga, de 220 kV, en el término municipal de L'Espluga de Francolí (exp. 10/RAT-12485).

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2011, páginas 69211 a 69215 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2011-20701

TEXTO

La empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, con domicilio social en el paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, La Moraleja, Alcobendas, 28109 Madrid, ha solicitado ante los Servicios Territoriales en Tarragona del Departamento de Economía y Finanzas la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del Proyecto de ejecución de la nueva subestación L'Espluga, de 220 kV, en el término municipal de L'Espluga de Francolí.

Esta instalación aparece programada en el documento de la Subdirección General de Planificación Energética del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, denominada Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016.

En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, de acuerdo con la regulación que establece el capítulo V del Real Decreto 1955/2000, la solicitud mencionada se ha sometido a un periodo de información pública mediante el Anuncio publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya número 5604, de 9.4.2010; en el Boletín Oficial del Estado número 88, de 12.4.2010, y en el Diari de Tarragona de 7.4.2010.

Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha comunicado al ayuntamiento correspondiente la lista de los bienes y los derechos afectados por la instalación, para que la exponga al público por un plazo de 20 días, a fin de que las personas interesadas puedan consultarla y puedan corregir, si procede, los posibles errores u omisiones que puedan haber, así como formular las alegaciones que crean procedentes, de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del Real Decreto mencionado.

Considerando que la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, no ha podido llegar a un acuerdo con todos los propietarios afectados por esta instalación eléctrica, se ha notificado individualmente a los afectados, para que puedan formular las alegaciones que sean procedentes.

De acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó un informe al Ayuntamiento de L'Espluga de Francolí, que muestra su conformidad al Proyecto, a ADIF, a Gerr Grupo Energético XXI, S.A., a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, al Servicio Territorial de Urbanismo en Tarragona y a la Dirección General de Patrimonio Cultural en Tarragona del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, los cuales emiten informes con condicionados que son aceptados por la empresa peticionaria.

De acuerdo con la Ley 17/2007, de 4 de julio, de modificación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, se informa al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que emite informe favorable.

Visto el informe favorable de los Servicios Territoriales en Tarragona del Departamento de Economía y Finanzas;

Visto que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 7 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, la competencia para autorizar esta instalación corresponde a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial;

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

De acuerdo con lo que dispone el artículo 3.3.c) de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, en relación con el artículo 7.a) del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas,

Resuelvo:

1. Otorgar la autorización administrativa de la nueva subestación L'Espluga, de 220 kV, en el término municipal de L'Espluga de Francolí, a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima (exp. 10/RAT-12485).

2. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados que se sometieron a información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC número 5604, de 9.4.2010, y comporta las afecciones que se describen y las que hubieran podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente.

3. Aprobar el Proyecto de ejecución con las siguientes características técnicas:

La nueva subestación de L'Espluga, de 220 kV, consiste en un parque intemperie de doble barra con acoplamiento, con capacidad para siete posiciones, basada en dos tipos de embarrados: semiflexible con conexiones tendidas y destinado a la interconexión principal, y rígido a base de tubos de aluminio destinados a la conexión del aparellaje entre sí y a las barras principales.

Se instalarán en una primera fase cuatro calles completas con cuatro posiciones de interruptor en el nuevo parque de 220 kV: una posición línea Juneda; una posición línea Montblanc; una posición de acoplamiento, y una posición de interruptor en la tercera calle del parque existente de 400 kV. Se prevén tres calles más como reserva.

Aparellaje del parque de 220 kV

Interruptores 220 kV: serán de mando unipolar, con cámaras de corte en SF6.

Transformadores de intensidad 220 kV: uno en cada fase.

Seccionadores de barras 220 kV: tipo pantógrafo, de mando unipolar motorizado.

Seccionadores con puesta a tierra de 220 kV: de tipo rotativo de 3 columnas, con cuchillas de puesta a tierra, de mando tripolar motorizado.

Transformador de tensión capacitivo 220 kV: un juego de tres transformadores de tensión capacitivos por salida de línea, más 3 transformadores, uno por fase, en la barra 1, y un transformador en la fase 4 de la barra 2.

Pararrayos: de óxidos metálicos.

Bobinas de bloqueo: dos por línea.

Aisladores de apoyo de los embarrados principales tipo C10-1050 y resto de aisladores de soporte tipo C6-1050.

Red de tierras inferiores: cable de cobre de 120 mm² formando retículas de 10 x 10 m a 60 cm de profundidad.

Red de tierras superiores: para la protección de descargas atmosféricas, formadas por puntas Franklin sobre columnas y conductores Alumoweld tendidos entre las columnas de los pórticos. Estos se unirán a la malla de tierra de la instalación.

Estructura metálica de perfiles de acero.

Servicios auxiliares de corriente alterna: alimentación desde el terciario de 23,83 kV del autotransformador ATP3, desde una línea de media tensión de la compañía distribuidora de la zona y centro de transformación de media tensión, y grupo electrógeno de 200 kVA, 400/230 V.

Servicios auxiliares de corriente continua: sistema de 125 V de corriente continua para fuerza y control, y sistema de 48 V para alimentación de los equipos de comunicaciones.

Edificio de control: 18.400 x 12.400 mm con sala de mando y control, sala de comunicaciones y sala de servicios auxiliares, almacén, aseos y archivo.

Sistemas secundarios: de control y protección, telecomunicaciones, fibra óptica y telefonía.

Instalación de alumbrado y fuerza: en calles, viales y edificio.

Seguridad, contra incendios y antiintrusismo.

Finalidad: permitir un aumento del mallado de la red de transporte, así como un aumento en la seguridad de la red de 220 kV de la zona, a través del futuro paso a doble circuito del actual eje Mangraners-Vilafranca del Penedès. Ello implica una mejora general de la eficiencia en el transporte, así como del apoyo al suministro de la demanda, lo que se traduce en una reducción de las pérdidas de red en el conjunto del sistema peninsular.

Presupuesto: 9.793.659 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que disponen la normativa antes mencionada, como también el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y se somete a las siguientes condiciones especiales:

a) Las instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el Proyecto técnico firmado por el ingeniero industrial señor Julio Alguacil Prieto y visado el 29 de julio de 2009, con el número 436575, por el Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña, en Barcelona, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y se autoricen.

b) La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se somete a lo que establecen el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 18/2008, del 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico; la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, y el resto de disposiciones de aplicación general.

c) La empresa titular es la responsable del uso, conservación y mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

d) El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada es de dos años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

e) Los Servicios Territoriales en Tarragona y la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo pueden llevar a cabo, durante las obras y una vez acabadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

f) Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al órgano administrativo mencionado el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención que se produzcan durante la ejecución y también su finalización.

La comunicación del final de las obras se acompañará con el certificado de dirección y fin de instalación que acredite que se ajustan al Proyecto de ejecución aprobado, que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas llevadas a cabo.

g) La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que se imponen.

En este supuesto, la Administración, previa instrucción del oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

h) Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Empresa y Empleo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 13 de mayo de 2011.- Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Josep Canós i Ciurana.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid