Yo, Julio Boned Juliani, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Aragón, con residencia en Zaragoza,
Hago constar:
I. Que en mi Notaría, sita en Zaragoza, calle Coso n.º 46, 5.ª, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Número treinta y seis. Piso tercero C, en la escalera dos, en la tercera planta superior, de cuarenta y seis metros noventa decímetros cuadrados de superficie útil y una cuota de participación en el valor total del bloque de cero enteros, setenta y nueve centésimas por ciento. Linda: por la derecha entrando, con patio posterior de luces; por la izquierda, con el rellano de la escalera y el piso A de la escalera uno; por el fondo, con la casa número ochenta y seis de la calle Coso; y por el frente, con el rellano y caja de escalera y piso B.
Forma parte del edificio sito en Zaragoza, calle Coso, número 84.
Inscripción: Registro de la Propiedad n.º 14 de Zaragoza, al tomo 2791, libro 105, folio 97, finca 5859 de la Sección 10.ª
R. C.: 6733501XM7163DO167HD
II. Que las condiciones del citado Procediendo la subasta de la finca, son las siguientes:
Primera.-Tendrá lugar en mi Notaría, sita en la calle Coso, n.º 46, 5.ª, de Zaragoza.
Segunda.-La primera subasta se señala para el veinte de julio de dos mil once (20/7/2011), a las diez horas; de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta, el doce de septiembre mil once (12/9/2011), a las diez horas; en los mismos casos, la tercera subasta el tres de octubre de dos mil once (3/10/2011), a las diez horas; y en el caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para licitación entre los mejorantes y mejores postores el día siete de octubre de dos mil once (7/10/2011) a las diez horas.
Tercera.-El tipo para la primera subasta es de ciento setenta y tres mil quinientos treinta y u euros con ochenta y siete céntimos (173.531,87 euros) para la primera subasta; para la segunda, el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción a tipo.
Cuarta.-La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la licitación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
Quinta.-Los postores deberán consignar previamente en mi despacho notarial antes citado, el treinta por ciento del tipo correspondiente, o el veinte por ciento de la segunda subasta para tomar parte en la tercera.
Hago constar todo lo cual, de conformidad al artículo 236.f) del Reglamento Hipotecario.
Zaragoza, 6 de junio de 2011.- El Notario, Julio Boned Juliani.
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