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Documento BOE-B-2011-20515

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2011, páginas 68935 a 68935 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-20515

TEXTO

Doña Inmaculada Martínez Ordóñez, Secretario del Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Alicante, dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso Dictado por este Juzgado:

Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, Calle Pardo Gimeno, 43. Alicante. Teléfono: 965936093/94/95. Fax:965936097

Número de Asunto: 306/11

Tipo de Concurso: Voluntario-Abreviado.

Entidad instante del Concurso: Pitusos Jardín de Infancia S.L.

Concursada: Pitusos Jardín de Infancia, S.L. con C.I.F. n.º B-03257540, y con domicilio en la ciudad de Alicante, C/ Serrano n.º 8 Bajo, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Libro 430, Tomo 984, Folio 23, Sección Tercera, Hoja 9846.

Representación y asistencia técnica: Letrado: D. Antonio Guiu Burunat Procurador: D.ª Carmen Lozano Pastor.

Fecha de presentación de la solicitud: 12/05/2011

Fecha del Auto de declaración: 26/05/2011.

Administrador concursal: D. José Antonio Gutiérrez Pamiés con D.N.I n.º 21405448-s en su condición de economista colegiado con los siguientes datos profesionales: domicilio en calle Rambla Baja 83, 1º de Callosa del Segura (Alicante), tlno. 965311304, móvil 629689704 y fax 965312673 y correo electrónico jagutierrezpamies@economistas.org.

Facultades del concurso: El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

Constancia del patrimonio inmobiliario: No consta.

Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal.

Forma de personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia

Alicante, 3 de junio de 2011.- El Secretario Judicial, Inmaculada Martínez Ordoñez.

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