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Documento BOE-B-2011-19549

Resolución de 3 de junio de 2011, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se señala fecha para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación en el expediente de expropiación forzosa núm. 100-AENA/11, motivado por las obras de la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), "Aeropuerto de Madrid-Barajas. Expropiación de terrenos necesarios para la instalación de saneamientos del Nuevo Centro de Apoyo Logístico de Paracuellos de Jarama" (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 2011, páginas 65785 a 65785 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2011-19549

TEXTO

Finalizado el plazo de Información Pública abierto a efectos de subsanar posibles errores que hubieran podido producirse en la relación de bienes, derechos y propietarios afectados por el expediente de referencia, este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa ha resuelto fijar el día 22 de junio de 2011, para proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios afectados, situados en el término municipal de Paracuellos de Jarama (Madrid).

Independientemente de la citación de carácter personal que se realizará a cada uno de los titulares de los bienes y derechos afectados, según lo establecido en el artículo 52.2.ª de la Ley de Expropiación Forzosa, se expondrá la relación completa de los mencionados titulares en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama (Madrid). Asimismo, se publicará en el BOE, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en un periódico de máxima difusión de la misma.

El trámite para efectuar el Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, se iniciará en las dependencias del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, en el día y horas indicados, donde deberán comparecer los interesados con los documentos acreditativos de identidad y legitimidad, así como de titularidad de los bienes y derechos a expropiar, sin perjuicio del traslado posterior a las fincas objeto de la expropiación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 del R.E.F.

Madrid, 3 de junio de 2011.- El Director General de Aviación Civil (Orden FOM/205/2009, de 2 de febrero, Boletín Oficial del Estado de 9 de febrero de 2009). Fdo.: Manuel Ameijeiras Vales.

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