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Documento BOE-B-2011-19008

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 7 de junio de 2011, páginas 63392 a 63393 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-19008

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber, que en este Juzgado se tramita Concurso Abreviado - 200/2010 - A de la mercantil Mil Mundos, S.L. con CIF número B-53288932, con domicilio en el Polígono Industrial Dos Hermanas, C/ Fabrica de la de la Luz, nº 48, Aspe 03680-Alicante, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 2.120, folio 185, sección 8ª. hoja A-48.066, en el que se ha dictado el 18-04-11 auto de fin de fase común y apertura de la fase de liquidación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Parte dispositiva

1. - Se acuerda poner fin a la fase común

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso, el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.

Dentro de los 10 días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn). (…)

Firmado y rubricado"

Alicante, 18 de abril de 2011.- Secretaria Judicial.

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