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Documento BOE-B-2011-18454

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 2 de junio de 2011, páginas 61798 a 61799 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-18454

TEXTO

Edicto.

Doña María Isabel Carro Rodríguez, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el n.º 455/2009 a instancia de la Procuradora doña M.ª Teresa de las Alas Pumariño, en nombre y representación de "Compañía Española de Petróleos, S.A." contra "Penn Lilac Trading, S.A.", "Penn World, INC", se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

Bienes que se sacan a subasta y su valoración:

El buque tanque "Iballa G" (...) en 2.990.000 USD, equivalente al cambio oficial del día 27 de diciembre de 2007, a 2.059.796,08 uros.

La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en avenida Filipinas, 50, NIF S-2800867J, el día 18 de julio de 2011 a las 10:30 horas de su mañana.

Condiciones de la subasta.

1. Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.º Identificarse de forma suficiente.

2.º Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3.º Presentar resguardo de que han depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto 4230, en la entidad de "Banesto, S.A.", sita en la calle Alberto Aguilera, n.º 56, oficina 1010, o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

2. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

3. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

4. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.

5. La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

6. Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si e remate se adjudicare a su favor.

7. Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

Madrid, 20 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

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