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Documento BOE-B-2011-18272

Anuncio de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones por el que se pone en conocimiento de los interesados relacionados, el requerimiento de acreditación de la póliza de seguro de responsabilidad civil correspondiente al ejercicio 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 2011, páginas 61570 a 61571 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2011-18272

TEXTO

Por el presente anuncio la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones comunica a los interesados que abajo se relacionan, cuya notificación ha resultado infructuosa por no haber podido practicarse la misma por causas no imputables a la Administración, publicar mediante el procedimiento de comunicación edictal establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el siguiente requerimiento:

"Una vez analizada la información estadístico-contable de los corredores de seguros y las sociedades de correduría de seguros, correspondiente al ejercicio 2009, en cumplimiento de lo exigido por el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio (BOE de 12 de junio de 2010), remitida por los corredores de seguros, esta Dirección General, le comunica que:

Primero.-De conformidad con lo exigido en el Modelo de declaración (0.1 ó 0.2 según sea persona física o jurídica) de la documentación estadístico-contable anual del Anexo de la Orden EHA/1805/2007, de 27 de mayo, deberá remitirse copia de los recibos de prima correspondiente a la póliza de seguro de responsabilidad civil profesional en vigor, conforme a lo exigido en el artículo 27.1.e) de la Ley 26/2006, de 17 de julio. De los datos que se disponen sobre su actividad como corredor de seguros no figura la acreditación de la vigencia de dicho requisito.

El período que deberá justificar será desde el 01.01.2009 hasta el 31.12. 2009. La falta de remisión de los recibos implicará el inicio de la cancelación de la inscripción necesaria para ejercer como corredor de seguros, de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la citada Ley 26/2006.

Segundo.-Según lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone de manifiesto el expediente para que, en un plazo improrrogable de diez días, aporte la documentación que se relaciona en el apartado anterior y formule las alegaciones que estime oportunas con relación al expediente de referencia.

Denominación

Núm. Expediente

JOAN RAMÓN CASELLAS RIBA

4311/2010

ANTONIO ACUÑA SANCHEZ

4316/2010

LUIS LÁZARO FERRERA TORRES

4325/2010

ANA MARÍA MARTÍNEZ CAGIGAL

4335/2010

FRANCISCO GARCÍA ROJAS

4355/2010

DIAL BROKERS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.

4193/2010

CONSULTORES TÉCNICOS DE SEGUROS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A.

4202/2010

SEGUR-RISKS CONSULTORS I ASSESORS DE RISCS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.

4189/2010

SEGURSANSE CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.

4387/2010

MARINSA INSULA CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.

4185/2010

SANTIAGO SORIANO CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.

4190/2010

CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS TRANSRISK, S.L.

4384/2010

IRULAU, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.

4167/2010

MEDIADORES GALLEGOS ASOCIADOS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A.

4161/2010

SEGURNET-99 S.L.

4388/2010

VEROBROKER CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.

4407/2010

MLP PRIVATE FINANCE CORREDURÍA DE SEGUROS S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL

4169/2010

CASAS, TORRES Y LAPEÑA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.

4175/2010

TRANSRISK CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.

4394/2010

ESCOMEL, CASILLAS Y ASOCIADOS CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.

4173/2010

INSURANCE BROKING PARTNERS, S.L.

4182/2010

Madrid, 27 de mayo de 2011.- Director General de Seguros y Fondos de Pensiones.

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