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Documento BOE-B-2011-17965

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2011, páginas 60194 a 60194 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-17965

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Hace saber: que en el procedimiento concursal 0000017/2011, seguido a instancias del Procurador/a Don/ña. Mercedes Ramírez Jiménez, en nombre y representación de D./Dña. La Marina de Naos, S.L., se ha dictado Auto el día 13 de mayo de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de La Marina de Naos S.L.. con CIF B-35815786, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designan como Administradores del concurso a: D/ña. Juan Claudio Almeida Santana., como Abogado, D/ña. Javier Álvarez Cabrera, como Economista y a Gesarq estudio de arquitectura, S.L.P., como acreedor.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5 del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 16 de mayo de 2011.- Secretaria Judicial.

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