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Documento BOE-B-2011-17207

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 24 de mayo de 2011, páginas 57193 a 57193 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-17207

TEXTO

Hace saber: Que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos de referencia de la que se acompaña extracto de su fallo.

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Llarena, en nombre y representación de Karina Verónica Muñoz Moya contra Juan Cristian Sagripante, y debo declarar y declaro la disolución del matrimonio de los cónyuges, estableciendo como medidas:

1.- Quedan revocados los poderes y consentimientos que los cónyuges se hubieren otorgado.

2- Queda disuelta la sociedad de gananciales.

3.- Se atribuye a la madre la guarda y custodia de los menores habidos del matrimonio, siendo la patria potestad compartida.

4.- Se atribuye a la progenitora custodia el uso y disfrute del hogar que fue conyugal, con todos sus enseres y mobiliario.

5.- Se fija como pensión alimenticia el importe mensual de 300 euros, revalorizables anualmente conforme al IPC e ingresables en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que designe la madre, más abono por mitad de gastos extraordinarios.

Santa Cruz de Tenerife, 12 de mayo de 2011.- Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santa Cruz de Tenerife.

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