La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, por Delegación Ministerial de 30-05-1996, con fecha 19 de abril de 2011 ha resuelto:
"1. Declarar que el expediente de información pública reseñado cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre).
2. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el Proyecto de Construcción de "Cierre de la M-110 como acceso alternativo a la Terminal T-4 del aeropuerto de Madrid-Barajas"
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto."
Madrid, 16 de mayo de 2011.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid.
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