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Documento BOE-B-2011-16980

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de Resoluciones de Procedimientos Sancionadores, Resoluciones de Archivo ante la imposibilidad de notificación en domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 2011, páginas 56874 a 56874 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2011-16980

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y para que sirva de notificación a los interesados, ante el resultado negativo de dos intentos en los domicilios señalados por los mismos, se hace público que por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos se han dictado las Resoluciones que se señalan a continuación.

Los denunciados y denunciantes, o sus representantes podrán solicitar, acreditando su identidad, una copia de la Resolución correspondiente, compareciendo de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 en el Registro de la sede de la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan 6, 28001 Madrid, o contactando a través de ciudadano@agpd.es, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

En el marco de lo dispuesto en el artículo 128 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, se han dictado Resoluciones de los procedimientos sancionadores identificados a continuación.

Denunciados:

Nº EXPEDIENTE

NOMBRE

IDENTIFICACIÓN

E/00290/2011

Daniel Rodriguez Molowny

00839489N

E/01136/2011

Antonio Barbero Guillen

31678982R

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la LRJPAC, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución o, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal.

Madrid, 17 de mayo de 2011.- El Secretario General de la Agencia Española de Protección de Datos don Ignacio García-Belenguer Laita de conformidad con lo establecido en el art. 30 apartado b) del Real Decreto 428/1993 de 26 de marzo por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.

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