El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal voluntario número 627/2009 referente al concursado Dr Doomper Ayudas a la Construcción, S.L.U., CIF B83241331, por auto de fecha veinticuatro de febrero de dos mil once se ha acordado lo siguiente:
1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor citado.
2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
3.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C.
4.- Se declara disuelta la citada mercantil, cesando en su función sus administradores,que serán sustituidos por la administración concursal.
5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito.
6.- Dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 24 de febrero de 2011.- Secretario Judicial.
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