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Documento BOE-B-2011-15960

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 2011, páginas 53338 a 53338 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-15960

TEXTO

Edicto. Sección Convenio.

Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley Concursal en relación con el artículo 23 de dicha Ley, anuncia:

Que en el presente procedimiento con número 1596/2007 en el que figura como concursado don Rafael Laínez Arroyo, NIF 2039895W, se ha dictado auto de fecha veintiséis de abril de dos mil once, en el que se ha acordado lo siguiente:

1.- Declarar íntegramente cumplido el convenio aprobado por Sentencia 745/2010 de fecha de 16 de noviembre de 2010.

2.- Dar la publicidad a la presente resolución por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el BOE con carácter gratuito, en el tablón de anuncios de este tribunal y en el Registro Público Concursal, en su caso.

3.- Hacer constar en los edictos que se publiquen que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando a los dos meses contados desde contados desde la última publicación del auto de cumplimiento al que se refiere el artículo 139 de la LC, sustanciándose la impugnación por el trámite de los incidentes concursales.

Madrid, 26 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

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