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Documento BOE-B-2011-15714

SANTANDER

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2011, páginas 52130 a 52130 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-15714

TEXTO

Edicto.

Doña María Victoria Quintana García de los Salmones, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santander, hace saber:

Que en este órgano judicial se siguen autos de jurisdicción voluntaria general, a instancia de "Summa Editorial, Sociedad Limitada", por robo de pagaré, en los que se ha dictado resolución de fecha de 22 de febrero de 2011, del tenor literal siguiente:

"Providencia.-Magistrado-Juez, don José Arsuaga Cortazar.

En Santander a 22 de febrero de 2011.

Dada cuenta, la anterior solicitud presentada por la Procuradora señora Álvarez Cancelo en representación acreditada de "Summa Editorial" se admite a trámite, incoándose procedimiento sobre sustracción de pagaré identificado con el número 7487188-4 del Banco Santander Central Hispano, emitido por "Grúas Fam, Sociedad Anónima" por importe de 19.057,14 euros y vencimiento el 30 de septiembre de 2010, en el que se tendrá por personada a dicha Procuradora entendiéndose con ella la presente y restantes diligencias en el modo y forma previsto en las leyes.

Dése traslado de la demanda a "Grúas Fam, Sociedad Anónima" para que dentro del término de diez días pueda formular ante el Juzgado las alegaciones que estime oportunas.

Requiérase al Banco Santander Central Hispano, para que si le fuera presentado al cobro el título objeto de procedimiento retenga el pago y ponga la circunstancia de la presentación en conocimiento del Juzgado.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición por escrito ante este órgano judicial, dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a su notificación, sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución impugnada.

La admisión de dicho recurso precisará que, al interponerse el mismo, se haya consignado como depósito 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en el Banesto número 3857000049019911 en imposición individualizada, con indicación de "recurso de reposición", y que deberá ser acreditado, de acuerdo a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.

El Magistrado-Juez.-La Secretaria Judicial".

Y para que sirva de emplazamiento en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos al tenedor del pagaré, libro el presente.

Santander, 12 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

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