Edicto.
Juzgado de Primera Instancia 41 Barcelona.
Juicio: Juridiscción voluntaria (otros asuntos) 266/2011.
Sobre: Extravío de valores.
Parte demandante/ejecutante: CONSTANT INVERSIONES, S.A.
Procurador: JORDI FONTQUERNI BAS.
En el referido juicio se ha dictado en fecha 5.4.2011 resolución acordando la publicacion de la parte positiva del Decreto de admisión de fecha 9.3.2011 que dice asi:
Se tiene por formulada denuncia de extravio de las cambiales que en la solicitud se detalla, acreedor CONSTANT INVERSIONES, S.A, todas ellas por importe 761.000 pesetas, y que luego se dirán. Fórmense autos que serán registrados en los libros de su clase con el número 266/11 3J teniendo por personado al Procurador JORDI FONTQUERNI BAS, en nombre y representación de la solicitante, entendiéndose con dicho cuasídico ésta y las sucesivas actuaciones en la forma que la ley ordena; Las cambiales son:
Importe - Vencimiento - Clase - Número
761.000 pts 15-1-1999 6º OD3582917
761.000 pts 15-2-1999 6º OD3582918
761.000 pts 15-3-1999 6º OD3582919
761.000 pts 15-4-1999 6º OD3582920
761.000 pts 15-5-1999 6º OB5920450
761.000 pts 15-6-1999 6º OB5920454
761.000 pts 15-7-1999 6º OB5920455
761.000 pts 15-8-1999 6º OB5920456
761.000 pts 15-9-1999 6º OB5920457
761.000 pts 15-10-1999 6º OB5920458
761.000 pts 15-11-1999 6º OB5920459
761.000 pts 15-12-1999 6º OB5934264
761.000 pts 15-1-2000 6º OB5934265
761.000 pts 15-2-2000 6º OB5934266
761.000 pts 15-3-2000 6º OB 5934267
siendo librado y aceptante en su caso D.ª MARÍA DEL CARMEN ESTEBAN QUÍLEZ e hipotecante D. MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ CALOMARDE; estimándose competente objetiva y funcionalmente este Juzgado de Primera Instancia en su consecuencia dése translado de la denuncia al librado o aceptante al que se ordena que si le fuere presentada la cambial al cobro, retenga el pago y ponga las circunstancias de la presentación en conociemiento del Juzgado y en su caso dése el mismo traslado al librador y demás obligados que resulten de la letra y que sepan sus domicilios todo ello a fin de que en el término de los diez días siguientes a tal notificación y requerimiento puedan formular las alegaciones que estimen oportunas; notifíquese esta resolución al Procurador comparecido.
Se procede a la publicación de este edicto para dar cumplimiento a lo previsto en el 85 de la Ley 19/1985 de 16 de Julio, Cambiaria y del Cheque, fijando el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del presente edicto para que el tenedor de los títulos pueda comparecer y formular oposición.
Barcelona, 5 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.
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