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Documento BOE-B-2011-14928

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 2011, páginas 49673 a 49673 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-14928

TEXTO

Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración concurso 015/11, se ha dictado a instancias de "Aficón Balear, S.L.", "Management Fiscal y Tributario, S.L.", "Expression Mallorca, S.L.", "Balears Expression S.L." y don Julián Urbano Salord, en fecha 11 de abril de 2011 auto de declaración de concurso voluntario de los deudores "Aficón Balear, S.L.", "Management Fiscal y Tributario, S.L.", "Expression Mallorca, S.L.", "Balears Expression, S.L." y don Julián Urbano Salord, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Palma de Mallorca.

Segundo.-Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición que seguirán ejerciendo los deudores.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal mediante escrito dirigido al Juzgado de lo Mercantil n.º 2 firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o quien acredite representación suficiente de ellos, expresando todos y cada uno de los datos relacionados en el citado artículo 85.2 y acompañando originales o copias autenticadas del título o de los documentos relativos al crédito y aportando un juego de copias para la administración concursal así como otro más si se interesare la devolución de los títulos originales.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 11 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

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