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Documento BOE-B-2011-14592

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 3 de mayo de 2011, páginas 48246 a 48247 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-14592

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramita Concurso de Acreedores del deudor San José Inversiones y Proyectos Urbanísticos, S.A., con domicilio en Orihuela, Avda. de Orihuela, n.º 8, 1.º, puerta C, 03300-Alicante y CIF número A-53559530, en cuyo seno, con fecha 16 de marzo de 2011, se ha dictado sentencia aprobando la propuesta de convenio en la que se propone a los acreedores: una quita del 20% y que cada uno de los créditos sometidos a la propuesta, serán satisfechos en períodos de 5 años, cuyos tres primeros años serían de carencia (no pago), iniciando los pagos efectivamente dentro del 4.º año desde la fecha de la resolución judicial aprobatoria del presente convenio computados de fecha a fecha y que serán satisfechos con arreglo al siguiente calendario de pagos:- el 10% del importe restante, antes de finalizar el cuarto año siguiente a la aprobación judicial del convenio el 90% del importe restante, antes de finalizar el quinto año siguiente a la aprobación judicial del convenio.Los acreedores subordinados verán satisfechos sus créditos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134.1 párrafo segundo de la Ley Concursal y se ha dictado auto aclaratorio en fecha 5-04-11 cuyo fallo y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

" Fallo

Que procede aprobar el convenio aceptado en tramitación escrita, declarando la terminación de la fase común del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, cesando los administradores concursales en el cargo debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de 15 días, continuando desempeñando su cargo a efectos de tramitar la sección de calificación.

Con testimonio de esta sentencia procédase a la apertura de la sección sexta de calificación que se seguirá por los trámites del art. 167 y siguientes LC.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación en BOE de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC."

Auto aclaratorio de 5-04-11:

"Parte dispositiva

Se rectifica la sentencia de 16 de marzo de 2011 en el sentido de que donde se dice que se concluye la fase común, debe decir que se concluye la fase de convenio.

Modo de impugnación: Mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn) (…)"

Firmado y rubricado"

Y para que sirva de publicación en el BOE expido el presente

Alicante, 6 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

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