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Documento BOE-B-2011-13952

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 26 de abril de 2011, páginas 46052 a 46052 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-13952

TEXTO

Edicto.

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 15/2009, seguido a instancias del Procuradora doña Sira C. Sánchez Cortijos, en nombre y representación de don Julio Alexander Mejías Vizcaíno y doña Lorenza Pino Rodríguez Quintana, se ha dictado Auto el día 28 de junio de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de don Julio Alexander Mejías Vizcaíno y doña Lorenza Pino Rodríguez Quintana con N.I.E. X4171534-R y D.N.I. 43276971-X, respectivamente, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.

Se designan como Administradora del concurso a: D.ª María Teresa de Lorenzo Sánchez, como Abogada. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de Un Mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial.- Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de abril de 2011.- Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial.

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