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Documento BOE-B-2011-13732

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 2011, páginas 45005 a 45005 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-13732

TEXTO

Edicto

D. Enrique Díaz Revorio, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número sección I declaración Concurso 0000129/2011 se ha dictado a instancias de Industrias de la Piel Mahipy, S.L., en fecha 17-3-2011 auto de declaración de Concurso voluntario abreviado del deudor Industrias de la Piel Mahipy, S.L., con CIF-B07029879, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Mariners i Pescadors, número 4, parcela 7, polígono industrial de Ciutadella -Menorca-.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 22 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.

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