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Documento BOE-B-2011-13726

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 2011, páginas 44998 a 44998 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA
Referencia:
BOE-B-2011-13726

TEXTO

La Secretaria Judicial de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, hace saber que en esta Sección se sigue recurso contencioso-administrativo n.º 505-2009 a instancia de don Miguel Ángel Beleña Contreras representado por la procuradora doña M.ª Dolores de Haro Martínez contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 13.3.2009, reclamación 28/01541/09 en concepto de IRPF en cuyas actuaciones se ha dictado el Auto de fecha 30.3.2011 del siguiente tenor literal: "Parte Dispositiva.Y en su virtud la Sala Acuerda: 1º) Dentro del término legal desde que consta en las actuaciones la firmeza de la sentencia plantear cuestión de ilegalidad contra el inciso final del artículo 11.3 del Real Decreto 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en cuanto al requisito que impone de que las concesiones de las opciones de compras de acciones o participaciones otorgadas a los trabajadores por sus empresas no sean anuales, concretamente del inciso final «si, además, no se conceden anualmente», 2º) emplazar a las partes para que, en el plazo de quince días, puedan comparecer y formular alegaciones ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, 3º) remitir urgentemente con la certificación de este auto copia testimoniada de los autos principales y del expediente administrativo a dicho Tribunal, y 4º/ Publíquese en el B.O.E.Así lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Srs. Magistrados que figuran en el encabezamiento, de lo que certifico."

Y con emplazamiento a las partes interesadas para que en el plazo de quince días puedan comparecer y formular alegaciones ante el Tribunal Supremo, se firma el presente Edicto.

Madrid, 11 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial, doña María Asunción Escribano Estébanez.

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