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Documento BOE-B-2011-13200

Anuncio de la Subdirección General de Fomento de la Innovación Empresarial por la que se da publicidad a la notificación de Inicio del Procedimiento de Reintegro Total de la ayuda concedida a la empresa Tein Centro Tecnológico del Plástico, Sociedad Limitada, correspondiente al Expediente FIT-370100-2005-78, anualidad 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2011, páginas 43121 a 43121 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-B-2011-13200

TEXTO

Habiendo intentado la notificación según lo establecido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, y no siendo posible, por el presente anuncio, la Subdirección General de Fomento de la Innovación Empresarial notifica a la empresa Tein Centro Tecnológico del Plástico, Sociedad Limitada, la notificación de Inicio del Procedimiento de Reintegro Total de la ayuda correspondiente al expediente FIT-370100-2005-78, anualidad 2007.

Al amparo de la Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2004-2007), la convocatoria efectuada por la Orden ITC/62/2007 de 25 de enero (BOE de 1 de febrero de 2007) y teniendo en cuenta el R.D. 1183/2008, de 11 de Julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia en Innovación, el 3de noviembre de 2005 se concedió a Tein Centro Tecnológico del Plástico, Sociedad Limitada, una ayuda en forma de préstamo por importe de 1.356.409,50 Euros y una subvención por importe de 81.384,50 Euros para el proyecto "Creación de un centro tecnológico del plástico para la mejora de la competitividad de las empresas fabricantes de componentes para automoción en particular, y transformadoras de plástico en general".

La ayuda fue abonada con anterioridad a la justificación de la realización del proyecto. De acuerdo con la Certificación Acreditativa de las inversiones realizadas de fecha de 29 de septiembre de 2010, la entidad no ha realizado el proyecto objeto de la ayuda. Por tanto, se debe proceder a tramitar el oportuno expediente de reintegro total.

Examinadas las actuaciones, esta Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre (BOE n.º 276, de 18 de noviembre de 2003), articulo 94.2 del Real Decreto 887/06, de 26 de julio (BOE n.º 176, de 25 de julio de 2006), con esta comunicación se inicia el trámite de audiencia previo a la resolución de reintegro de la ayuda no justificada, disponiendo de un plazo improrrogable de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación del presente escrito, para que alegue o presente, si así lo estima, los documentos y justificaciones que consideren pertinente.

Lo que se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/2000, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 31 de marzo de 2011.- El Subdirector General de Fomento de la Innovación Empresarial, Luis Cueto Álvarez de Sotomayor.

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