Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, hago saber:
Que en el concurso voluntario abreviado n.º 473/2010, mediante auto de 24/02/11 se declara la conclusión del procedimiento concursal de la persona física Modybo Doukoure con domicilio en calle Doctor Ferran, 12, 2.º, 2.ª, de Salt, NIE: X-6394170-D, por inexistencia de bienes.
Quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición del concursado.
El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.
En cumplimiento del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria de segunda la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración del concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la L.C.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 18 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.
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