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Documento BOE-B-2011-11159

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2011, páginas 35251 a 35251 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-11159

TEXTO

Edicto

Doña Milagros Alcon Omedes, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000070/2011 se ha dictado a instancias de Ediciones Grafiweb, S.L.L., en fecha 14 de marzo de 2011 Auto de Declaración de Concurso del deudor Ediciones Grafiweb S.L.L., con domicilio c/ Carmelo Betoré, portal 5, 2.º B, de Zaragoza y con CIF B99255622.

2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal)

En Zaragoza, 14 de marzo de 2011.- La Secretaria judicial.

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