Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-11114

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2011, páginas 35206 a 35206 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-11114

TEXTO

Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número uno de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:

Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número uno de Alicante, calle Pardo Gimeno, 43.

Numero de asunto: 409/10.

Tipo de concurso: Necesario-abreviado.

Entidad instante del concurso: "Metalco, Sociedad Anónima", inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, sección 8, hoja 82886, con domicilio e Ronda de Ponent, 6-8, 08820 El Prat de Llobregat (Barcelona).

Concursada: "Navi Urbana, Sociedad Limitada", con código de identificación fiscal B-53856837, y domicilio en Alicante, calle Pintor Cabrera, 22, escalera A., 1.º D. 03003, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al folio 187, tomo 2.766, hoja 82866.

Representación y asistencia técnica: Letrado: Doña María Alba Novell Vera. Procuradora: Doña Begoña Santana Oliver.

Fecha de presentación de la solicitud: 20 de mayo de 2010.

Fecha del auto de declaración: 17 de febrero de 2011.

Administrador concursal: Don Jordi Aparisi Seguí, con documento nacional de identidad número 48.353.984-A, correo electrónico: jordiaparisi@icali.es. Domicilio: Avenida Alfonso El Sabio, número 45, 4.º izquierda, 03001 Alicante. Teléfono 965228812 y Fax 965131886.

Facultades del concurso: Se suspenden las facultades de administración y disposición de la deudora sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, que pasarán a ejercerse por los Administradores concursales.

Constancia del patrimonio inmobiliario: No consta.

Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo quince días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el articulo 85 de la Ley Concursal.

Forma de personación: Por medio de Abogado y Procurador ante este Juzgado. La comunicación loa acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.

Alicante, 3 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial, Virginio Sánchez Barberán.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid