El artículo 6.2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria establece que una vez completado el expediente de solicitud de una Denominación de Origen protegida o de una Indicación Geográfica Protegida y haberse sometido a información pública a través del Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y del Boletín Oficial del Estado, se dicte en su caso resolución de decisión favorable a la solicitud de inscripción en el registro, a la que debe darse publicidad a través de los diarios oficiales citados.
En consecuencia, se da publicidad a la Resolución AAR/90/2010, de 26 de enero, por la que se adopta decisión favorable a la solicitud de inscripción en el registro de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet que consta íntegramente publicada en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña número 5554, de 27 de enero de 2010, que se puede consultar en la dirección electrónica http://www.gencat.cat/dar/mongeta-ganxet/dogc/.
Barcelona, 22 de febrero de 2010.- Don Xavier Castella i Casas, Secretario general del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.
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