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Documento BOE-B-2010-7810

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2010, páginas 20565 a 20566 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-7810

TEXTO

El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Palma de Mallorca, en los autos de ejecución de títulos judiciales 1910/09 se ha dictado la siguiente resolución:

Auto. Magistrado-Juez Sr.: Don Francisco Javier Pozo Moreira.

En Palma de Mallorca, a 14 de enero de 2010.

Antecedentes de Hecho

Único.- Por el Procurador Sr. Miguel Baudes Salom, en nombre y representación de doña María Dolores Augusto García, se ha presentado escrito solicitando despacho de ejecución frente a Desconocidos e Ignorados Herederos de doña Mercedes Pérez García, de la siguiente resolución sentencia 52/09.

Juicio en el que se ha dictado: Ordinario 1244/08.

Clase y fecha de la resolución: Sentencia de 27 de marzo de 2009.

Ejecutante: Doña María Dolores Augusto García.

Ejecutado: Desconocidos e ignorados Herederos de doña Mercedes Pérez García.

Objeto de la condena: Obligación de hacer personalísimo, consistente en realizar las actuaciones establecidas en el fallo de la Sentencia indicada anteriormente.

Parte Dispositiva:

Primero.- Se despacha ejecución a instancias del Procurador Sr. Miguel Buades Salom, en nombre y representación de doña María Dolores Augusto García, parte ejecutante, frente a Desconocidos e Ignorados Herederos de doña Mercedes Pérez García, parte ejecutada para que este haga lo siguiente:

"Que don Juan Augusto Cipriano es propietario por título de sucesión del pleno dominio del inmueble situado en Palma en la c/ Ferrer de Pallares, núm. 27, hoy 54 y registrada el 30 de mayo de 1978 con el número de finca 12.810, inscripción 2ª del tomo 3.516 al folio 5 del Registro de la Propiedad núm. 4 de Palma.

Que ha de cancelarse el asiento registral que causó la inscripción 2ª de dicha finca a favor de don Juan Augusto Cipriano, propietario del pleno dominio.

Que a don Juan Augusto Cipriano le ha sucedido su hija doña María Dolores Augusto García por título de herencia abintestato por derecho propio.

Que doña María Dolores Augusto García queda autorizada para inscribir su dominio en el Registro de la Propiedad en virtud de título de herencia abintestato por derecho propio de 23 de mayo de 2008 del anterior titular registral, don Juan Augusto Cipriano, por Acta de Notoriedad levantada a tal efecto por el Sr. Notario de Punta Umbría (Huelva) don Carlos Toledo Romero.

Y en consecuencia condenar a Desconocidos e Ignorados Herederos de doña Mercedes Pérez García a estar y pasar por esta resolución y a abonar las costas."

Segundo.- En el acto del requerimiento hágase saber al/a requerido/a que dentro del plazo indicado puede exponer al tribunal los motivos por los que se niega a hacer aquello a que ha sido condenado y también puede alegar lo que tenga por conveniente sobre el carácter personalísimo o no personalísimo de la obligación de hacer.

Notifíquese esta resolución a los ejecutados por medio de edicto en el Boletín Oficial del Estado, al ser la parte ejecutada desconocida, edicto de cuyo diligenciamiento se hará cargo la parte ejecutante.

Asimismo, publíquese edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 555.1), sin perjuicio de que los deudores puedan oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación de este auto.

Así lo manda y firma S.S. Doy fe. El Magistrado-Juez. El Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación y citación a los Herederos Desconocidos de doña Mercedes Pérez García se expide el presente.

Palma de Mallorca, 15 de enero de 2010.- El Secretario.

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