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Documento BOE-B-2010-7176

Anuncio del Departamento de Economía y Finanzas, Servicios Territoriales en Girona, Sección Energía, de resolución ECF//2009, de 12 de noviembre, por la que se concede la autorización administrativa, la aprobación del proyecto ejecutivo y el reconocimiento de la utilidad pública de una instalación eléctrica en el término municipal de Palau-Saverdera (exp. 13.314/2009-AT).

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 24 de febrero de 2010, páginas 18709 a 18711 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2010-7176

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio social en la avenida Paral·lel, núm. 51, Barcelona, ha solicitado la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y el reconocimiento de la utilidad pública de la variante línea aérea 25 kV entre la derivación al CT 19599 y derivación al CT 19595 en el término municipal de Palau-Saverdera.

La empresa presentó el Proyecto debidamente visado y se hizo la información pública preceptiva en el DOGC núm. 5457, de 3.9.2009, en el BOE núm. 219, de 10.9.2009, y en los periódicos El Punt y Diari de Girona con fecha 2.9.2009 y 3.9.2009, respectivamente. El Ayuntamiento de Palau-Saverdera en fecha 12.6.2009 y la Agencia Catalana del Agua en fecha 4.9.2009 han emitido informes favorables con condicionantes que han sido aceptados por la promotora.

El señor Gonzalo Castell Gomas ha presentado en fecha 19.6.2009 alegaciones al proyecto y manifiesta que ha tenido discrepancias con Endesa por los accesos en la zona de actuación, pero que han llegado a un acuerdo verbal con la promotora y pide un plazo de 20 días para la firma del acuerdo. Endesa manifiesta su acuerdo con la petición.

Visto que la empresa ha acreditado que su solicitud cumple lo que establece la normativa eléctrica y ha justificado debidamente en la memoria del Proyecto la necesidad de la instalación;

Puesto que, de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de regulación del sector eléctrico modificada por Ley 17/2007 de 4 de julio, son aplicables el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de autorización, ampliación y traslado de industrias, así como los reglamentos técnicos específicos;

Puesto que la competencia para conocer este expediente y resolverlo se atribuye al director de los Servicios Territoriales de Economía y Finanzas de acuerdo con aquello que establece el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y de disposición primera del Decreto 506/2006, de 10 de diciembre, de reestructuración del Departamento de Economía y Finanzas, en relación con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica;

Por todo eso, resuelvo:

-1 Autorizar a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., el proyecto de instalación eléctrica que consiste en la variante de la línea aérea de media tensión 25 kV entre la derivación al CT 19599 y derivación al CT 19595 en el término municipal de Palau-Saverdera.

-2 Declarar el reconocimiento de la utilidad pública de la instalación.

-3 Aprobar el Proyecto de ejecución, con las características siguientes:

Expediente: 13.314/2009-AT.

Término municipal: Palau-Saverdera.

Características: Variante línea media tensión a 25 kV entre la derivación al CT 19599 y derivación al CT 19595 en el término municipal de Palau-saverdera.

Origen: soporte metálico TM 6 a ER Torre del Vent.

Final: soporte de hormigón existente PH 27 a derivación 18925 y soporte metálico existente TM 25.

Longitud: 1,223 km.

Tensión nominal: 25 kV.

Número y tipos de circuitos: 1.

Número y tipos de conductor: 3, LA- 110.

Tipos de instalación: Aérea.

Finalidad: Variante por la ampliación de potencia de la instalación para atender nuevas demandas y mejorar la calidad de servicio.

Presupuesto: 57.729 euros.

La autorización queda sometida a las condiciones especiales siguientes:

-1 Las instalaciones se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el Proyecto presentado por la empresa solicitante en fecha 17 de abril de 2009, firmado por el Ingeniero Técnico Industrial don Josep Lluís Paronella Tasis y visado con el número 01300, de fecha 17 de marzo del 2009, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente y de acuerdo con las reglamentaciones técnicas preceptivas.

-2 La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por el Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas eléctricas aéreas de alta tensión y el resto de disposiciones de aplicación general.

-3 La empresa titular será responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

Se tendrán que cumplir los condicionantes impuestos por los organismos oficiales.

-4 El plazo para la construcción y la puesta en servicio de las instalaciones autorizadas será de un año a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC.

-5 Los Servicios Territoriales en Girona podrán llevar a cabo, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en cuanto al cumplimiento de las condiciones de esta Resolución. A tal fin, el peticionario comunicará a estos Servicios Territoriales, con la antelación suficiente, la fecha de comienzo de las obras y su programación, las fechas que se llevarán a cabo las pruebas y cualquier incidencia relevante.

-6 La empresa enviará a los Servicios Territoriales en Girona el certificado final de obra, firmado por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y que se han cumplido las normas y los reglamentos de aplicación. A este certificado se adjuntarán los actos de las pruebas y los controles reglamentarios.

-7 La empresa asegurará el correcto mantenimiento y la vigilancia de las instalaciones durante su construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que se cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad.

-8 La Administración podrá dejar sin efecto esta autorización en caso de incumplimiento de las condiciones indicadas, de facilitar datos inexactos o por cualquiera otra causa excepcional que lo justifique.

-9 Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía y Minas, en el plazo de un mes contado a partir del día después de su publicación en el DOGC, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que sea procedente.

Girona, 12 de noviembre de 2009.- Don Francesc Revert e Higón, Director de los Servicios Territoriales en Girona.

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