El Juzgado de Primera número diez y Mercantil de Santander, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 379/2009 referente al concursado José Miguel Garrido Montoya y María José Alonso Allarbe, por auto de fecha 03.02.2010 se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación de oficio, al no haberse aceptado en la Junta de Acreedores ninguna propuesta de convenio, conforme a lo dispuesto en el artículo 143,1.2º de la Ley Concursal.
2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III, de la L.C.
3.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.
4.- Fórmese la sección sexta de calificación del concurso y hágase saber a los acreedores o a cualquiera titulares de un interés legítimo que, dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, podrán personarse alegando por escrito cuanto consideren relevante para la calificación del concurso como culpable.
Santander, 3 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid