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Documento BOE-B-2010-6474

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto de la Resolución del procedimiento sancionador PS/00682/2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 19 de febrero de 2010, páginas 16531 a 16531 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2010-6474

TEXTO

Al haberse intentado la notificación, por dos veces, en el domicilio de don Miguel Pérez Llorente (DNI 9352662B), sin que se haya podido practicar, procede notificar según lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En consecuencia, a continuación se trascribe, para que sirva de notificación, extracto del Acuerdo de inicio del procedimiento nº PS/00682/2009.

Por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos, se acuerda:

Iniciar procedimiento sancionador a Vodafone España, S.A.U., con arreglo a lo dispuesto en el artículo 127 del reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por las presuntas infracciones de los artículos 9 y 10 de la citada Ley Orgánica, tipificadas como grave y leve, respectivamente, en el artículo 44.3.h) y 44.2.e) de dicha norma.

Notificar el presente Acuerdo a don Miguel Pérez Llorente, de conformidad con lo estipulado en el artículo 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, advirtiéndole la posibilidad de actuar como interesado en el caso de cumplir los requisitos previstos en el artículo 31.1.c) de la LRJPAC.

De conformidad con lo establecido en los artículos 37.g) y 36 de la LOPD, en relación con los artículos 120 y 127 del citado del Reglamento de desarrollo de la LOPD, la competencia para resolver el presente Procedimiento Sancionador corresponde al Director de la Agencia Española de Protección de Datos.

Conforme a lo establecido en el artículo 107 de la LRJPAC, contra el presente acto no cabe recurso administrativo alguno.

Podrá solicitar el texto íntegro de la Resolución, acreditando su identidad y condición de interesado, mediante escrito dirigido a la sede de esta Agencia, calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid.

Madrid, 15 de febrero de 2010.- El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, don Artemi Rallo Lombarte.

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